La Policía Local ya puede multar con 100 euros a los usuarios de patinetes que no tengan el seguro en regla o ir sin casco

En caso de incurrir en infracciones muy graves, estas tienen una sanción económica que puede ir desde los 200 hasta los 400 euros

Un usuario de patinete eléctrico utilizando un casco. / M.G

Los usuarios de patinetes eléctricos que circulen por las calles de Huelva tienen que asegurarse de llevar toda su documentación en regla si quieren evitar sanciones. La Policía Local ya puede multar a quienes no tengan vigente el seguro de responsabilidad civil así como a quienes no lleven adecuadamente abrochado un casco de protección homologado. Estas infracciones están tipificadas como leve en el primer caso, con una sanción económica de entre 50 y 100 euros por no contar con la documentación obligatoria, mientras en el caso de no llevar puesto un casco esto incurre en una infracción grave y la multa asciende a un monto de entre 100 y 200 euros.

Otras de las infracciones en las que no deben incurrir los usuarios de los patinetes eléctricos y que conllevan también una sanción económica son las infracciones muy graves, que tienen una sanción económica que puede ir desde los 200hasta los 400 euros. Entre las acciones tipificadas como muy graves por la ordenanza se encuentran exceder en el doble la velocidad permitida, que está establecida en los 25 kilómetros por hora, pero en caso de tratarse de recorridos compartidos con el peatón se limitará la velocidad de circulación a 10 kilómetros por hora, respetando en todo momento la preferencia del peatón. No está permitida la manipulación técnica de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) para que excedan los límites autorizados con la consecuente sanción. Tampoco se puede circular con vehículos autoequilibrados o patinetes eléctricos sin sillín cuyas características excedan de las autorizadas o circular siendo arrastrado, remolcado o empujado por un segundo vehículo en marcha.

Las infracciones graves comprenden exceder la velocidad o circular sin tener 15 años, que es la edad mínima permitida para conducir un VMP. Tampoco se podrán llevar pasajeros en el patinete eléctrico, que se entiende que son de uso unipersonal por lo que únicamente puede estar empleándose por una persona a la vez. También se incurre en una infracción grave tras cometer más de 3 infracciones de la misma naturaleza en el plazo de un año.

Una infracción leve la constituye es conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auriculares receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos, así como móvil o cualquier otro medio o sistema de comunicación, con la consecuente sanción económica. Tampoco se podrá estacionar en aceras y zonas peatonales, así como en cualquier lugar distinto de los específicamente habilitados para dichos vehículos y el amarre de estos a los elementos de mobiliario urbano, arbolado, señalización de tráfico o u otro de similar naturaleza, siendo en estos casos también una infracción leve.

Además, es aconsejable que los usuarios lleven colocada alguna prenda reflectante que permita distinguirlos a una distancia de 150 metros así como tener equipado el patinete eléctrico con timbre y luces o elementos reflectantes para circular por cualquier vía o espacio público del municipio, especialmente en las horas de escasa o nula luz.

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