Un onubense cancela con la Ley de Segunda Oportunidad una deuda de 113.180 euros tras verse obligado cerrar su churrería

El negocio empezó a funcionar mal, motivo por el cual el concursado empezó a solicitar préstamos

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Juicio, en una imagen de archivo.
Juicio, en una imagen de archivo. / M.G

Un onubense ha logrado cancelar su deuda de 113.180 euros gracias a la Ley de Segunda Oportunidad. El exonerado se vio obligado a cerrar su churrería tras los malos resultados. Como explican los abogados de Repara tu Deuda, “el deudor tenía una churrería. El negocio empezó a funcionar mal, motivo por el cual el concursado empezó a solicitar préstamos. No obstante, al no lograr remontar la situación, se vio obligado a cerrarlo. Esto le llevó a requerir de nuevos préstamos para pagar los anteriores. A pesar de los esfuerzos realizados cayó en un estado de sobreendeudamiento”.

Son muchas las personas que confían en la Ley de Segunda Oportunidad para dejar atrás sus problemas financieros tras tener que hacer frente a contratiempos, ya sean de carácter laboral, de salud, o de cualquier otra índole. Cuando se dan cuenta, se ven agobiados por deudas que no pueden asumir y buscan alternativas sólidas a sus dificultades.

Al quedar exoneradas de sus deudas salen de los diferentes listados de morosidad, dejan de recibir notificaciones por parte de bancos y entidades financieras, pueden solicitar nueva financiación si lo desean y registrar posibles futuros bienes a su nombre.

Esta herramienta legal llegó a España en 2015, aunque en Estados Unidos funciona desde hace ya más de cien años. El despacho de abogados ha logrado alcanzar la cifra de 360 millones de euros exonerados a personas que proceden de las diferentes comunidades autónomas. Se prevé que esta cifra siga al alza debido al alto número de expedientes que están tramitándose, a las llamadas diarias de personas interesadas en acogerse y a que exonerados explican a otros endeudados su proceso y resultado satisfactorio.

Para ser beneficiario de este mecanismo, es necesario que el concursado cumpla una serie de requisitos. En líneas generales, es suficiente con que el concursado no haya sido condenado por delitos de orden socioeconómico en los diez últimos años, que se encuentre en un estado actual o próximo de insolvencia y que actúe en todo momento de buena fe, sin ocultar bienes ni ingresos y aportando toda la documentación requerida.

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