Huelva

Un jurado popular decidirá la sentencia de Bernardo Montoya, el presunto asesino de Laura Luelmo

  • La juez instructora abre juicio oral contra el investigado por presuntos delitos de detención ilegal, agresión sexual y asesinato

Bernardo Montoya a su salida de los juzgados de Valverde tras ser detenido.

Bernardo Montoya a su salida de los juzgados de Valverde tras ser detenido. / H. I. (Valverde del Camino)

La Audiencia Provincial de Huelva ha recibido el procedimiento seguido por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Valverde del Camino contra Bernardo Montoya, el acusado de agredir sexualmente y asesinar en el mes de diciembre de 2018 a una joven en la localidad de El Campillo para la celebración del correspondiente juicio con jurado popular, vista oral que actualmente está pendiente de señalamiento en la Audiencia.
 
En este sentido, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Valverde del Camino remitió la causa el pasado día 9 de julio a la Audiencia Provincial de Huelva, procedimiento que, una vez recibido ese mismo día en la Audiencia, ha correspondido por turno al magistrado de la Sección Tercera Florentino G. Ruiz Yamuza.
 
El pasado día 17 de junio de 2021, la juez de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Valverde dictó un auto por el que decretó la apertura de juicio oral contra el acusado, al entender que existen indicios “suficientes” de la comisión de presuntos delitos de detención ilegal, agresión sexual y asesinato, señalando como órgano competente para el enjuiciamiento a la Audiencia Provincial de Huelva.
 
La juez tomó esta decisión tras recibir los escritos de conclusiones provisionales presentados por la Fiscalía; la acusación particular que ejerce la familia de la víctima, y la acusación popular ejercida por la Junta de Andalucía. Asimismo, la instructora ha requerido al acusado para que preste una fianza de 800.000 euros al objeto de poder asegurar las responsabilidades pecuniarias que puedan declararse pertinentes.
 
En este mismo auto, la juez mantiene la medida cautelar de prisión provisional, comunicada y sin fianza del investigado, situación en la que éste se encuentra desde el día 22 de diciembre de 2018, una decisión que la instructora adopta porque considera que no han variado las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su día para adoptar dicha decisión y al subsistir el riesgo de fuga “a la vista de la pena solicitada y la posibilidad de que el investigado pueda cometer otros hechos delictivos de la misma naturaleza”.
 
El Ministerio Público y las acusaciones ejercidas por la familia de la víctima y de la Junta de Andalucía solicitaron el mantenimiento de dicha medida cautelar, lo que la juez ahora acepta dando por reproducidos los argumentos expuestos en el auto de 4 de diciembre de 2020 por el que el Juzgado prorrogó la situación de prisión provisional del acusado y en las resoluciones por las que se acordaba la procedencia de dicha medida.

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