Doble condena al SAS en Huelva por "la vulneración de derechos que afectan a la conciliación y la maternidad"
Satse lamenta que "de forma permanente los profesionales se vean obligados a acudir a los tribunales para defender sus derechos"
El sector de Sanidad de Huelva reclama un Estatuto Marco "para avanzar en las necesidades de profesionales y pacientes"
El Sindicato de Enfermería, Satse, celebra dos resoluciones judiciales dictadas en Huelva que "condenan al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por la vulneración de derechos de profesionales de enfermería relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral y la protección de la maternidad". Para el Sindicato de Enfermería en los textos de ambas sentencias "se deja en evidencia, una vez más, la falta de respeto del SAS a sus profesionales y la constante violación de sus derechos, motivo por el que ha exigido que se adopten las medidas necesarias para que estas vulneraciones no queden impunes".
Satse lamenta que "de forma permanente los profesionales se vean obligados a acudir a los tribunales para defender sus derechos frente a unos gestores que interpretan la normativa de forma torticera e, incluso, coaccionan y abusan de los profesionales intentando modificar sus condiciones de trabajo sin argumentos ni respaldo legal alguno".
En concreto, tal y como detalla Satse, "así queda en evidencia en la primera de las sentencias, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Huelva que reconoce el derecho de una profesional del SAS a concretar su reducción de jornada para cuidar de su hijo, frente a la negativa injustificada de la Administración". En este caso, el Juzgado estima el recurso interpuesto por una enfermera del Dispositivo de Apoyo en Moguer y reconoce su derecho a disfrutar de la reducción de jornada en la forma solicitada para conciliar su vida laboral y familiar.
La trabajadora, madre de un menor de tres años, solicitó una reducción del 33,33% con una concreción horaria adaptada a sus necesidades familiares, "pero el SAS denegó la petición alegando dificultades organizativas, sin aportar argumentos sólidos ni buscar soluciones alternativas".
La sentencia "hace hincapié en la arbitrariedad de la denegación por parte de la administración para vulnerar un derecho de la enfermera, detallando que las expresiones utilizadas en la resolución recurrida para rechazar la solicitud son meramente formal y carente de verdadero contenido y sin que la Administración demandada haya explicitado motivos o argumentos de entidad suficientes”.
El fallo judicial deja sin efecto dicha resolución del SAS "por falta de motivación y subraya que la concreción horaria corresponde a la persona trabajadora, tal y como establecen la normativa vigente".
Este pronunciamiento judicial se suma a las medidas cautelares que Satse "ya había conseguido previamente en este mismo caso, obligando al SAS a conceder la reducción de jornada mientras se resolvía el procedimiento, que ahora confirma de manera definitiva el derecho de la profesional".
Riesgo por lactancia
La segunda sentencia, también del Juzgado de lo Social número 1 de Huelva, estima la demanda de una enfermera pediátrica de la Unidad de Gestión Clínica de Gibraleón declarando su derecho a percibir la prestación por riesgo durante la lactancia natural. Según explica el Sindicato de Enfermería la trabajadora, madre de un bebé de menos de nueve meses, solicitó la prestación "tras constatar que su puesto implicaba exposición a riesgos biológicos y condiciones que podían afectar a la lactancia, sin existir posibilidad de adaptación ni puesto exento de riesgo. Pese a ello, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el SAS denegaron la certificación médica necesaria para acceder a la prestación, alegando que no existía riesgo suficiente".
El fallo judicial "da la razón a la enfermera y recuerda que, conforme a la Ley General de la Seguridad Social y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuando no es posible adaptar el puesto de trabajo, debe reconocerse la prestación para proteger la salud de la madre y del lactante". Así, la sentencia, contra la que cabe recurso de súplica ante el TSJA, subraya que "la negativa administrativa vulneró la normativa y los principios de protección de la maternidad y condena al INSS y al SAS al abono de la prestación por riesgo durante la lactancia".
Satse ha valorado de forma muy positiva estos fallos judiciales que, a su juicio," evidencia las trabas que desde las distintas administraciones se ponen cuando se trata de conciliar o de proteger la maternidad en el ámbito sanitario". Por eso, el sindicato reclama que "se dicten instrucciones claras para evitar denegaciones inmotivadas de reducciones de jornada por guarda legal y para agilizar el reconocimiento de las prestaciones por riesgo durante la lactancia".
Asimismo, demanda un plan real de cobertura y sustituciones, "que garantice la asistencia sin sobrecargar al resto de profesionales, así como evaluaciones de riesgos específicas y actualizadas que permitan adaptar los puestos de trabajo cuando sea posible y, cuando no lo sea, reconocer la prestación sin demoras".
Satse advierte que permanecerá vigilante al cumplimiento por parte del SAS de los fallos judiciales "que dejan claro que la organización interna no puede seguir utilizándose como excusa para vulnerar derechos fundamentales de las enfermeras y fisioterapeutas andaluzas"
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