El corredor del litoral impedirá levantar más de 6.500 viviendas

Las edificaciones afectadas se reparten en ocho sectores de los municipios de Cartaya, Lepe y Mazagón Están previstas en suelos urbanizables sectorizados

El corredor del litoral impedirá levantar más de 6.500 viviendas
El corredor del litoral impedirá levantar más de 6.500 viviendas
Daniel Gómez Costa

19 de agosto 2013 - 01:00

El Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía y su informe de Sostenibilidad Ambiental, que fueron presentados públicamente en noviembre de 2012 y que tras su publicación el 29 de julio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) se encuentra sometido por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente a información pública hasta el 31 de octubre, impedirá en Huelva la construcción de 6.568 viviendas incluidas en los planeamientos de los municipios costeros en suelos calificados como urbanizables sectorizados.

Las viviendas se reparten entre ocho sectores en la provincia onubense y el municipio más afectado es Cartaya, en cuyo término municipal se encuentran dos de los ocho sectores (245,83 hectáreas en total) y donde se impediría la construcción de 4.470 viviendas (un 68,05% del total). Le siguen Lepe, con cuatro de los ocho sectores en su territorio (144,65 hectáreas) y 1.417 viviendas afectadas (el 21,57% del total), y Moguer, donde están los dos restantes sectores afectados (182,6 hectáreas) y al menos 681 viviendas (el 10,36% del total).

El desarrollo urbanístico más grande de la provincia que esta nueva figura de protección deja sin ninguna validez es el denominado HU-S7 SUS-M1 (Nueva Cartaya), que preveía la construcción de 2.782 viviendas en un espacio de 77 hectáreas de pinar, situadas entre el núcleo principal de población de Cartaya y El Rompido. Según el decreto, los valores paisajísticos y ambientales del sector son los "inherentes a una zona forestal bien conservada que sólo ha sido parcialmente alterada en su zona suroeste". La eliminación de la cubierta vegetal "supondría, además de la pérdida de sus valores intrínsecos, una disminución en la humedad de los suelos que podría afectar a las áreas de cultivos que bordean el sector, así como el deterioro de la conectividad entre las marismas y los pinares de Cartaya". El desarrollo urbanístico de este sector, que ya levantó una fuerte polémica en Cartaya, conllevaría la creación de un nuevo núcleo de población en el municipio, que "además de alterar el sistema de asentamientos, afectaría negativamente a la conectividad ecológica entre el Paraje Natural Marismas del Río Piedras y Flecha de El Rompido y las zonas forestales del interior, además de producir impactos en los espacios colindantes". Con la nueva figura de protección este sector quedaría circunscrito a la Zona Litoral de Protección Territorial 2 (PT2).

El segundo sector más importante de la provincia afectado por este plan, atendiendo al número de viviendas proyectadas, también estaría en el término de Cartaya. Se trata del HU-6 SUS-C3 Ribera de Cartaya (168,83 hectáreas) donde el decreto impide la edificación de 1.688 viviendas. Se trata de una bolsa de suelo aislada, colindante con el Paraje Natural Marismas del Río Piedras y Flecha de El Rompido, y desvinculada del sistema urbano existente actualmente en el término (Cartaya y El Rompido). En los terrenos, fundamentalmente agrícolas, destaca, según el documento, la presencia de enclaves forestales, principalmente pinares, "que aportan diversidad al sistema, especialmente el pinar de La Ribera de Cartaya, con el que solapa por su zona norte, y en el que está registrada la presencia de la especie de flora amenazada Halimium calycinum". El sector lo atraviesan pequeños arroyos, con vegetación asociada en algunos tramos, que aportan humedad a los suelos y alimentan al río Piedras. El desarrollo urbanístico del sector "conllevaría la generación de un núcleo de población aislado que, además de alterar el sistema de asentamientos, podría desencadenar alteraciones en la dinámica sedimentaria que afectaría a otros ecosistemas y a las actividades productivas que se desarrollan en los caños, canales y esteros del Piedras como la acuicultura". También quedará circunscrito al PT2.

En el caso de Lepe, los planeamientos afectados serían cuatro, más pequeños que los de Cartaya. Atendiendo al número de viviendas, el mayor sería el denominado HU-S3 Golf Este (74,77 hectáreas), donde se imposibilita la construcción de 550 viviendas. Según el documento de la Junta, dicho sector está ocupado por un denso bosque mixto de pinar y eucaliptal, acompañado en algunas zonas por aulagar y retamar. Toda su zona sur forma parte del acantilado de la Torre del Catalán, sometido a procesos erosivos y cuya estabilidad depende en gran medida de la presencia del bosque mixto por su capacidad de retención y canalización de agua de lluvia y fijación del suelo. No obstante, el sector, de gran dimensión superficial, está alejado de la línea de costa, de la que la separa la franja de suelos urbanos de La Antilla y una banda de sectores urbanizables, quedando su incidencia litoral circunscrita a su extremo oriental, colindante con las marismas del río Piedras. Dicho extremo oriental está incluido en la franja de 500 metros desde la línea de costa que protege el decreto en todo el litoral andaluz, y quedaría adscrito al PT2.

El siguiente sector en importancia sería HU-S1 La Antilla Este (13,17 hectáreas) donde la previsión de edificar 400 viviendas queda imposibilitada ya que según el documento su importancia ambiental "radica en su ubicación en una zona de alta fragilidad paisajística, cerca de las marismas del Piedras y amortiguando las presiones de La Antilla". Su preservación de la urbanización "permitirá el mantenimiento de la dinámica de la playa y los cordones dunares, al ser una zona de avance natural de las dunas que es, a su vez, reservorio de arena para una playa en regresión". Como las anteriores, quedaría circunscrita al PT2.

También en Lepe, el decreto protege los sectores HU-S4 La Bella Sur (16,32 hectáreas) y HU-S5 La Bella-Centro Hípico (21,87 hectáreas) impidiendo la construcción de 200 y 125 viviendas, respectivamente. El espacio que ocuparía ambos desarrollos urbanísticos "tiene incidencia ambiental y paisajística en función de su posición en el borde la marisma, por lo que su urbanización rompería la continuidad de un espacio caracterizado por ser una matriz de cultivos agrícolas y enclaves forestales de gran valor". Este borde de las marismas del río Piedras "es fundamental para el mantenimiento de las funciones de los espacios que se encuentran en su entorno, por lo que para evitar estos efectos, el planeamiento urbanístico de Lepe deberá dirigir los posibles crecimientos del recinto romero de la Bella hacia el interior". También quedaría incluido en las zonas de protección territorial 2.

En Lepe quedaría inhabilitado el proyecto para la construcción de 142 viviendas en el sector HU-S2 La Vera 5 (18,52 hectáreas). Según el Decreto, en este espacio se combinan formaciones forestales, acantilados (Torre del Catalán), marismas, formaciones arbustivas, pastizales y cultivos, "formando un mosaico que aporta diversidad y facilita la conectividad litoral-interior, que se ve reforzada, además, por la presencia de pequeños cauces estacionales que llegan desde el bosque hasta el canal de La Vera y arroyo del Fraile, al sur, en contacto directo con las marismas del río Piedras". Su protección persigue "preservar tanto sus valores intrínsecos como la funcionalidad de otros ecosistemas asociados y la calidad paisajística, dado que se ubica en un espacio de alta fragilidad y se vincula al acantilado de la Torre del Catalán, entre La Antilla y la Bella". También quedaría incluido en la zona de protección PT2.

El tercer municipio onubense afectado es Moguer, con dos sectores: el HU-S8 SUS-4 Faro 2 Cuesta de la Barca (60,90 hectáreas), donde se imposibilita la construcción de 681 viviendas, y el HU-S9 SUS-5 E Las Huesas Cuesta de la Barca (121,70 hectáreas) donde quedaría imposibilitada la construcción de un número indeterminado de viviendas.

En ambos casos, los terrenos se asientan sobre formaciones arenosas litorales y están ocupados por un pinar densamente poblado, con características ambientales y paisajísticas similares a las de su entorno protegido por el Plan de Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana y la legislación forestal. Además, están incluidos en el ámbito de actuación del Plan de Conservación de Dunas, Arenales y Acantilados Costeros.

En el primero de los casos, y a pesar de encontrarse en contacto con el núcleo urbano de Magazón, presenta un buen estado de conservación, sobre todo en su mitad sur, más próxima al acantilado, donde se ha registrado la presencia de hasta cinco poblaciones de especies de flora amenazada. Además, la ubicación del pinar entre la zona urbanizada de Mazagón y el Espacio Natural de Doñana "le confiere una especial relevancia en términos de conectividad ecológica y como zona de amortiguación de posibles impactos sobre los espacios forestales protegidos ubicados al norte". La primera línea de costa, con la que limita el sector, está clasificada como suelo urbano y las características de la zona forestal "se han deteriorado por la presencia de usos urbanos", por lo que el planeamiento urbanístico moguereño "deberá ordenar esta zona de borde, definiendo el contacto con la zona protegida y manteniendo las masas arboladas compactas". La preservación de este espacio, según prosigue el Decreto, "es importante no sólo para la conservación de sus valores intrínsecos, sino también para amortiguar las presiones del proceso urbanizador sobre los espacios protegidos colindantes".

En el segundo de los casos, la existencia de los arenales "es básica para el mantenimiento de la playa y acantilado de Mazagón, actualmente en regresión, al suponer un importante reservorio de arena y al contribuir a la estabilización de los suelos". En general, "presenta un elevado nivel de conservación, sobre todo en su mitad sur, más próxima al acantilado, tanto por su buen estado como por su importancia para la conservación de poblaciones de especies amenazadas. Al igual que el anterior, su ubicación entre la zona urbanizada de Mazagón y el Espacio Natural de Doñana "le confiere una especial relevancia en términos de conectividad ecológica y como zona de amortiguación de posibles impactos de la urbanización sobre el espacio protegido". Por tanto, la preservación de esta zona "es importante no sólo para la conservación de sus valores intrínsecos, de características similares a las del Espacio Natural de Doñana, sino por su función determinante para la contención de los procesos erosivos del acantilado de Mazagón". Este sería el único sector de la provincia de Huelva que quedaría circunscrito al máximo nivel de protección territorial, el PT1, salvo su parte oeste, que quedaría en el PT2.

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