Cuatro años de cárcel para un camello por vender droga y portar armas sin licencia
Los compradores lo llamaban desde una cabina cercana a su casa y él se asomaba al balcón para dispensar el estupefaciente
La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a cuatro años de cárcel y al abono de una multa de 4.125 euros al joven I.F.R., de 25 años y natural de Riotinto, por traficar con drogas en Matalascañas y por tener armas de forma ilícita. Son dos años y medio menos y casi la mitad de sanción económica de lo que la Fiscalía había pedido para él -cuatro años y medio por el delito contra la salud pública y otros dos por el de tenencia de armas de fuego, amén de 8.000 euros de multa-, puesto que se le aplicó el atenuante de toxicomanía. La defensa reclamaba la libre absolución de su patrocinado.
Según consta en la sentencia de la Sección Primera de Huelva, a la que ha tenido acceso este diario, el 3 de septiembre de 2009 el equipo de investigación de la Policía Judicial de La Palma del Condado obtenía la orden de entrada y registro de la casa del procesado, ubicada en el edificio Miramar de Torre la Higuera (Matalascañas), al existir indicios de que el joven, que entonces tenía 21 años y carecía de antecedentes penales, se dedicaba al tráfico y venta de droga a terceros.
Los agentes realizaron numerosas vigilancias externas que confirmaron la actividad del condenado: el menudeo de estupefacientes. Observaron cómo consumidores de drogas acudían a la vivienda y contrastaron estos movimientos con los testimonios "verosímiles" de distintos testigos. Apostados en las inmediaciones de la vivienda, los guardias civiles comprobaron cómo los clientes contactaba con I.F.R. desde una cabina telefónica cercana al piso y, tras asomarse el camello al balcón, presumiblemente realizaban la transacción.
Los investigadores entraron al domicilio con el mandamiento del titular del Juzgado de Instrucción 3 de La Palma el 4 de septiembre de 2009 y la registraron de cabo a rabo durante más de dos horas. Intervinieron 555 euros en billetes, ocho teléfonos móviles y seis tarjetas telefónicas, tres lámparas caloríficas para el secado de plantas de marihuana y varias navajas. Además, aprehendieron tres plantas de marihuana y una porción de hachís de 5,5 gramos, una bolsita de 9,91 gramos de cocaína, otras tres papelinas, una bolsita que contenía polvo ocre cristalino, ocho comprimidos de Lorazepam y uno de anfetaminas ("sustancias de las comúnmente utilizadas para la preparación y dosificación de drogas"). En total, apunta el tribunal, el valor de estas sustancias en el mercado ilícito hubiera sido de 4.125 euros.
La finalidad de la tenencia del estupefaciente era "la venta a terceros", aunque los magistrados aclaran que es posible que una parte la destinara para "autoconsumo, dada su grave adicción" a las drogas. De hecho, en la misma jornada de su detención aquel 4 de septiembre, requirió la prescripción de ansiolíticos al presentar síndrome de abstinencia. Un mes más tarde inició un tratamiento de desintoxicación que todavía no ha finalizado, aunque "se mantiene estabilizado". Pero debe ser considerado "un politoxicómano", refiere la Audiencia.
Regresando al registro de la Guardia Civil, los funcionarios hallaron -en el bolsillo de un chaquetón que se hallaba colgado en una percha de la entrada de la vivienda de Matalascañas- una pistola detonadora de calibre nueve milímetros, y en la parte superior del perchero encontraron otro arma, esta vez del calibre ocho milímetros sin identificación y transformada para munición metálica de proyectil único de calibre 6,35 milímetros, "en perfecto estado de funcionamiento" y apta para disparar. El acusado carecía de licencia o guía de pertenencia de este arsenal.
Pese a que la defensa se afanó en aportar datos sobre la drogadicción de I.F.R. para tratar de demostrar que las sustancias incautadas eran para consumo propio, el tribunal estima que la cantidad de cocaína aprehendida ("que excede en mucho la provisión de un consumidor medio") y su pureza prueban su "ánimo de difusión".
El procesado se defendió de la tenencia de drogas argumentando en el juicio que eran "por su temor a agresiones por parte de un grupo delictivo", afirmación que, según el tribunal, "en ningún caso justifican su posesión sin permiso".
Por todo ello, la Sección Primera condena a I.F.R. a tres años de cárcel y multa de 4.125 euros por el delito de tenencia para tráfico de sustancias gravemente perjudiciales para la salud pública, "concurriendo la circunstancia atenuante de toxicomanía", y a otro año de prisión por el delito de tenencia ilícita de armas de fuego. Asimismo, el procesado tendrá que abonar las costas procesales y se ha procedido al comiso del dinero y los efectos intervenidos durante el registro.
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