Absuelto de matar a un hombre en Huelva en un salón de juego en 2019 al apreciar miedo insuperable y legítima defensa
El juzgado establece que indemnice con 73.950 euros a la madre, la pareja sentimental y el hijo menor de edad de la víctima
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La Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a un hombre acusado de matar a otro de 39 años en un salón de juegos de la capital onubense en abril de 2019 al apreciar en este caso las eximentes completas de legítima defensa y miedo insuperable, todo ello tras el veredicto emitido en este sentido por un jurado popular.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, la Audiencia absuelve al encausado del delito de homicidio por el que fue juzgado aunque, en concepto de responsabilidad civil, establece que indemnice con 73.950 euros a la madre, la pareja sentimental y el hijo menor de edad de la víctima.
Según indica la sentencia, el jurado "ha considerado acreditado que fue la víctima quien tenía amenazado de muerte al acusado, y quien le agredió propinándole varios golpes por la espalda, constatándose así un salto cualitativo en el comportamiento violento de aquél, quien pasó de las amenazas verbales a la agresión física".
En su veredicto, el jurado consideró probado que el acusado y el fallecido habían tenido una relación de amistad hasta que el primero de ellos inició una relación sentimental con la expareja del finado, "no aceptada" por éste, lo que provocó que el fallecido "le amenazara reiteradamente de muerte, causando" en el investigado "un estado de temor y miedo".
Los hechos tuvieron lugar el 10 de abril de 2019 en un salón de juegos de la capital onubense donde se encontraba el fallecido, quien, "tras enterarse" de que el acusado estaba jugando en la mesa de la ruleta se ausentó sobre las 22:00 del local con varias personas que lo acompañaban, regresando poco después con un cuchillo de al menos quince centímetros de longitud.
Según recoge la sentencia, la víctima se dirigió a la mesa de la ruleta donde se encontraba jugando el acusado y le propinó "varios manotazos por la espalda, comenzando un forcejeo entre ambos, desplazándose varios metros alrededor de la mesa de la ruleta hasta acabar finalmente detrás de una columna", momento en que el fallecido "sacó el cuchillo que llevaba".
Legítima defensa
En un momento determinado en que el cuchillo se le cayó al suelo, el investigado, "que se encontraba en un estado de temor y miedo por la agresión de que era objeto y las amenazas de muerte que venía recibiendo" por parte de la víctima "desde hacía tiempo, y que anuló su voluntad y capacidad de elección, lo cogió y con la finalidad de defenderse apuñaló" al ptro en dos ocasiones.
Tras ello, el acusado abandonó el local "rápidamente", dejando al agredido "herido aún con vida", de forma que fue trasladado por sus amigos hasta un centro hospitalario, donde, pese a la asistencia médica recibida, falleció sobre las 1:40 del día 11 de abril de 2019.
La Audiencia explica que los hechos declarados probados por el tribunal del jurado son constitutivos de un delito de homicidio, aunque el jurado también estimó por unanimidad que concurren las eximentes de legítima defensa y de miedo insuperable por lo que "procede estimar que el miedo fundado del acusado —peligro de muerte— por la agresión de la que estaba siendo objeto también fue fundamento de la legítima defensa de su persona como reacción defensiva". Esto "conlleva el dictado de una sentencia absolutoria", concluye la Audiencia.
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