Absuelto un hombre acusado de agresión sexual en su portal y en su vivienda de Huelva capital al no ver probado que los encuentros fueran sin consentimiento
La Audiencia Provincial advierte incoherencias y conductas de la víctima que, a juicio de los magistrados, son incompatibles con un escenario de sometimiento y terror
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Un hombre acusado de agresión sexual continuada ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Huelva, al considerar que el testimonio de la denunciante carece de la "solidez suficiente" para desvirtuar la presunción de inocencia. A pesar de que los cuatro encuentros sexuales fueron admitidos por ambas partes, el tribunal ha concluido que existen dudas razonables sobre la ausencia de consentimiento y el uso de la violencia, según se recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso EFE.
Se declara probado que los hechos se remontan a la madrugada del 1 de noviembre de 2023, cuando el acusado y la mujer, que mantenían una relación intermitente desde 2021, coincidieron de forma casual en un bar de la capital onubense. La denunciante sostuvo que fue agredida sexualmente en cuatro ocasiones: una primera en el cuarto de contadores del portal del acusado y tres más en el interior del domicilio de este.
Sin embargo, el tribunal ha fundamentado la absolución en una serie de "incoherencias" y conductas de la víctima que, a juicio de los magistrados, resultan incompatibles con un escenario de sometimiento y terror. La sentencia ha destacado que, durante la estancia en el portal, un vecino entró en el edificio y la mujer no solicitó auxilio pese a la cercanía del tercero.
Asimismo, en cuanto a lo sucedido dentro de la vivienda, los hechos probados, ha señalado que la mujer se duchó en varias ocasiones tras los actos sexuales, utilizando un baño situado junto a la puerta de salida de la casa, que no estaba cerrada con llave.
El tribunal ha considerado que la denunciante "tuvo oportunidad de salir" y, en lugar de abandonar el inmueble, regresó voluntariamente al dormitorio para recoger sus zapatos o continuar durmiendo junto al acusado.
Otro elemento determinante han sido los mensajes intercambiados a través de la red social Instagram días después del suceso. En ellos, el acusado insistía en que ella "podría haberse ido" si hubiera querido, sugiriendo que la relación fue consentida aunque influida por el consumo de alcohol.
El tribunal ha apuntado a que la denuncia pudo estar motivada por un "sentimiento de culpabilidad", ya que la mujer estaba iniciando una relación sentimental con otra persona en esas fechas.
La sentencia ha recordado que, en delitos contra la libertad sexual donde no existen testigos directos, la declaración de la víctima debe ser "racionalmente creíble" y estar apoyada en corroboraciones periféricas.
La Audiencia de Huelva ha dictaminado que las contradicciones detectadas impiden alcanzar una certeza condenatoria, aplicando el principio in dubio pro reo.
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