Absuelto un funcionario de prisiones tras ser acusado de malversación por llevarse unos hierros oxidados de un contenedor de la cárcel de Huelva
El jurado popular valida en su veredicto que el material de desecho no tenía valor y que había pedido permiso para utilizarlos

Un funcionario de prisiones, del Centro Penitenciario de Huelva, ha sido absuelto tras ser acusado de un delito de malversación de caudales públicos tras hacer uso de unos hierros de desecho en un contenedor de basura y chatarra en un patio de la prisión.
El trabajador se enfrentaba a una pena de hasta un año y nueve meses de prisión, más otros tres años de inhabilitación para empleo o cargo público, además de una multa y una indemnización al Ministerio del Interior, frente a la absolución que solicitaba la defensa, a cargo de los abogados José Ignacio Arduán Galdames y José Luis Arias Fernández, por no ser los hechos constitutivos de infracción penal. Así lo ha entendido el jurado popular, que ha estimado las pruebas de ésta, sin dar lugar a dudas razonables en las cuestiones planteadas, y ha emitido un veredicto de absolución tras tres días de juicio celebrado en junio pasado.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva, a la que ha tenido acceso esta Redacción, recoge el fallo absolutorio dictado a primeros de julio por el magistrado Florentino Gregorio Ruiz Yamuza, aceptando los razonamientos expuestos por el jurado en su veredicto, que da respuesta con fundamento a cada una de las preguntas planteadas antes de emitir su resolución sobre el caso.
Los hechos se remontan a la primavera de 2020, en el Centro Penitenciario de Huelva. Según ha declarado probado el jurado, el acusado solicitó y obtuvo autorización de la administradora y el jefe de Mantenimiento del centro “para utilizar unos materiales de desecho y residuos inservibles que se acumulaban en unas cubas”, situadas al lado del denominado Almacén de chatarra, en el patio de cocina, donde estaba destinado entonces el funcionario. Específicamente, tales materiales consistieron en “hierros viejos y oxidados, tubos oxidados y fragmentos de una valla, carentes de valor”.
El funcionario enjuiciado, recoge la sentencia, pidió autorización a la Administradora y al jefe de Mantenimiento para retirar los tubos que se estaban acumulando en unas cubas del citado patio. Una vez concedida la autorización, comentó al jefe de Mantenimiento que solicitara de tres internos si “pudieran hacerle un trabajo consistente en cortar y curvar esos tubos oxidados que él estaba autorizado a llevarse del centro penitenciario”. Una vez los internos dieron su consentimiento, “los trabajos, sin uso de electrodos, soldaduras, se realizaron a la vista de todos”, en las tardes de dos fines de semana consecutivos. Una vez terminados esos trabajos, el acusado y uno de los internos llevaron en un carro, a plena luz del día, y pasando los correspondientes controles de seguridad, los tubos ya cortados y curvados hasta su coche en el parking de funcionarios.
El jurado ha declarado al funcionario “no culpable de haberse apropiado con ánimo de lucro de materiales propiedad de la administración penitenciaria”, previa su transformación en los talleres del Centro Penitenciario de Huelva, llevada a cabo por internos del mismo.
Admite así los argumentos de la defensa y descarta pruebas testificales del Ministerio Fiscal y la acusación particular de la Abogacía del Estado por “contestaciones no concluyentes” en testimonios como los del director del centro penitenciario, como de la Administradora o el jefe de Mantenimiento. De hecho, la sentencia del juez, reconoce que “la forma de producirse los testigos en el juicio oral no ha resultado del todo clara en orden a la articulación de una versión única coherente con lo que sostienen las acusaciones”.
El jurado, recoge el fallo, más allá de haber podido establecer una duda razonable sobre los argumentos de la acusación, valida “íntegramente la tesis de la defensa” y estima acreditada la existencia de autorización para el uso de los materiales, de los que considera su nulo valor.
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