La viuda de un Tedax pierde en el TS la batalla contra el jefe de su marido

Denunció al mando por divulgar datos sobre su muerte, como la aparición de droga junto al cadáver

La pensión Calvo de Huelva, donde falleció el subinspector jubilado.
La pensión Calvo de Huelva, donde falleció el subinspector jubilado.

No existió revelación de secretos en el turbio asunto que emana de un enquistado conflicto laboral entre jefe y subordinado y que pareció extenderse hasta más allá de la vida. El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la viuda y la hija de un subinspector onubense y por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) contra el jefe del Grupo de Desactivación de Explosivos (Tedax) de la Policía Nacional en Andalucía Occidental, quien difundió a las demás unidades de España detalles concretos del fallecimiento del policía, de baja por las graves diferencias que habían surgido entre ambos.

Según el dictamen judicial, al que ha tenido acceso Huelva Información, la Sala de lo Penal del Supremo respalda, pues, la sentencia absolutoria emitida por la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla -de marzo de 2012- y deja libre de cargos al inspector jefe de los Tedax, condenando en costas a los recurrentes.

El tribunal hispalense consideró probado que el subinspector C., natural de El Campillo, trabajó a las órdenes del inspector J.C. desde 1998 en los Tedax de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana de la Jefatura Superior de Policía de Andalucía Occidental, con sede en Sevilla. El 6 de febrero de 1999, el onubense fue nombrado representante sindical del SUP. Ahí empezaron los problemas.

Cinco años más tarde, en 2004, C. causó baja. En 2006, le concedieron la "jubilación por incapacidad permanente debido a un trastorno depresivo por conflicto laboral producido en acto o con ocasión del servicio". Afirman los magistrados que durante este periodo "hubo entre ambos discrepancias profesionales y C. sufrió trato discriminatorio al denegársele una comisión de servicios", como ya había refrendado una sentencia previa del TSJA.

El 30 de septiembre de 2007, C. falleció en la pensión Calvo, ubicada en la calle Rascón de Huelva. Los policías que documentaron las primeras diligencias sobre el fallecimiento indicaron al juez de guardia que "en la habitación se observa al finado tendido sobre la cama, en posición de cúbito supino; al lado del cuerpo, una carpeta (...) conteniendo diversos documentos, y sobre la mesilla, dos paquetes de tabaco, una cartera, una paquetilla de, al parecer, cocaína, de cuya custodia se hace cargo el médico forense; asimismo, también se encuentra sobre sus pertenencias dos sorbetes cortados y utilizados habitualmente por los consumidores de sustancias estupefacientes".

El oficio se archivó en la red informática policial Sidenpol, a la que los funcionarios acceden mediante una clave. El coordinador de Servicios envió el 1 de octubre por correo electrónico un resumen del contenido del atestado a los superiores jerárquicos, los jefes de brigadas y los comisarios, puntualizando que "junto al cadáver se encontraban sustancias, al parecer, estupefacientes".

Dice el dictamen que el acusado ya tenía conocimiento de lo ocurrido en la misma noche del fallecimiento, puesto que el 091 le pidió información para localizar a la familia del subinspector muerto.

Por orden de su superior, el jefe de los Tedax comunicó la noticia el 1 de octubre al comisario jefe de la Unidad Central del Policía, de Madrid. Le envió un correo electrónico en el que se adjuntaba el oficio registrado en Sindepol -redactado por la comisaría de Huelva para conocimiento del juez de guardia- bajo el asunto "Tedax-NRBQ jubilado" y que rezaba así: "Para conocimiento se participa que en el día de ayer falleció el Tedax-NRQB, en situación de jubilado, cuando hacía noche en un hostal de Huelva (...). En el día de hoy se le está efectuando la autopsia y posteriormente será trasladado a El Campillo, de donde era natural". Como no recibió respuesta, contactó con él por teléfono. Éste le encargó que avisara a todos los Tedax de España para que pudieran transmitir su pésame a la familia del finado.

Y lo hizo, pero reenvió idéntico correo que a su superior, "difundiendo indebidamente los detalles concretos del fallecimiento, en especial los relacionados con el hallazgo de sustancias estupefacientes, que afectaban gravemente a su esfera personal e íntima y atentaban contra su fama y memoria, sin percatarse de que también remitía el archivo de la información policial". Ahí está la clave. Tanto la Audiencia de Sevilla entonces como al Supremo ahora subrayan esa no intencionalidad del acusado de enviar el documento. El resultado: la absolución del jefe de los Tedax.

De nada ha servido a la acusación particular argumentar que el acusado, en un primer momento, remitió al comisario jefe de la Unidad un correo incluyendo el atestado, "comunicación que era innecesaria". Y que luego decidió "unilateral y deliberadamente remitir el mismo texto y adjuntar el mismo fichero a todos los Tedax, persiguiendo el descrédito personal y atentando contras la fama del subinspector jubilado".

El TS aclara que no es posible "argumentar sobre la base de hechos probados distintos de los contenidos de la sentencia", con lo que desestima el punto más importante del recurso de casación: el de que los hechos son constitutivos de un delito de revelación de secretos. Observa además el Alto Tribunal a lo largo de los fundamentos de derecho que el atestado estaba al alcance de cualquier policía en la base de datos interna del Cuerpo, y deja claro que la Audiencia consideró probado que la remisión del fichero a los Tedax de toda España se efectuó sin que el acusado se percatara de ello, "siendo imposible la modificación del relato fáctico por esta vía de impugnación".

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