Huelva

La Junta de Expurgo anuncia la destrucción de documentos judiciales desde 1985 en Huelva

El expurgo se llevará a cabo en varios juzgados de la provincia.

El expurgo se llevará a cabo en varios juzgados de la provincia. / M.G (Huelva)

La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública ha anunciado en BOJA la próxima destrucción de expedientes judiciales entre 1945 y 2017 prevista por la Junta de Expurgo para que las personas interesadas en recuperar documentación aportada en su día a los procesos afectados lo soliciten en el plazo de dos meses.

La resolución publicada en el BOJA indica que para solicitar la devolución de documentos deberán presentar una solicitud por escrito ante la Secretaría de la Junta de Expurgo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Consejería de Justicia. Transcurrido el plazo de dos meses sin que los interesados soliciten recuperar los expedientes, decaerá su derecho a reclamarlos.

La relación de documentos que está previsto destruir contempla diligencias previas y recursos de todas las provincias y diferentes partidos judiciales.

De Huelva se eliminarán documentos de 2002 correspondientes a los juzgados de Ayamonte y Moguer; de La Palma del Condado entre 2010 y 2017 y en la capital onubense de la Audiencia Provincial y de diferentes órganos desde 1985 a 2017.

En Cádiz se destruirán documentos del año 2001 de los juzgados de la capital, de 1972 a 2022 de Algeciras y de 1969 a 1998 de Jerez.

En el caso de Almería incluye expedientes de la Audiencia provincial y los juzgados de la capital de entre 1954 y 2016, de Berja (entre 1945 y 2011), Canjáyar (de 1961 a 1989), de El Ejido (de 1991 a 2002) y de Vera (del mismo periodo).

En Córdoba, la Junta de Expurgo tiene previsto eliminar documentación de la Audiencia provincial y los juzgados de la capital de entre 1991 y 2012; de Cabra (1997-2022); diligencias previas de 2002 de Lucena, Montoro, Peñarroya-Pueblonuevo y Pozoblanco; expedientes de entre 1998 y 2002 de Montilla y de 1999 a 2002 de Posadas.

En el caso de Granada se destruirán diligencias previas del Juzgado de Instrucción 5 de la capital de los años 1997 y 1998.

En el caso de Jaén, Junta de Expurgo prevé destruir documentación de los años 2000, 2001 y 2002 de los juzgados de Andújar, La Carolina, Martos, Úbeda y Villacarrillo, así como diligencias previas de entre 1995 y 2002 de órganos de la capital.

En la provincia de Málaga, los expedientes incluidos inicialmente pertenecen a procesos de entre 2000 y 2002 de los partidos judiciales de Fuengirola, Estepona y Marbella además de recursos de apelación y diligencias previas de la Audiencia Provincial y varios juzgados de la capital de entre 2002 y 2016.

Por último, de Sevilla está previsto destruir documentos de Alcalá de Guadaíra (1991-2002), Carmona (1999-2002), Cazalla de la Sierra (1946-2002), Constantina (1953-1972), Coria del Río (1951-2001), Écija (1991-1992), Lebrija (1990-2002), Lora del Río (1999), Marchena (1950-2009), Sanlúcar la Mayor (1990-2001), Utrera (1967-1988) y Sevilla capital (1966-2002).

¿Quién puede destruir documentos judiciales?

La Junta de Expurgo es un órgano integrado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y la Consejería de Justicia con el objetivo de liberar espacio en los archivos de los juzgados y tribunales andaluces tras analizar y ordenar toda la documentación susceptible de ser eliminada o conservada. Supone un ahorro en gastos de conservación de los archivos y se enmarca dentro de las políticas de la Junta para el impulso de una Justicia digital y sin papeles, que contribuye a la protección del medio ambiente.

Uno de los criterios principales en la selección de los documentos judiciales que se van a eliminar o archivar es su interés judicial e histórico. De esta forma, se garantiza la conservación de la documentación con valores históricos o bien de aquélla que posea un relieve social, económico, político o cultural.

La Junta de Expurgo es un órgano colegiado de naturaleza administrativa presidido por una magistrada y que cuenta con el apoyo de un miembro de la carrera fiscal, un secretario judicial, la persona titular del Servicio de Archivos Judiciales de la Consejería de Justicia, un funcionario archivero y otro funcionario que hace las veces de secretario. Determina la exclusión o eliminación de expedientes procesales o, en caso contrario, la transferencia de los mismos a la Administración competente en materia de patrimonio histórico.

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