Huelva

El plan de La Joya duplica el espacio libre público y aumenta la zona arqueológica

  • Al compactarse la superficie destinada a viviendas, la modificación puntual del proyecto logra un aumento del Espacio Central Libre, la Necrópolis, "de 5.614m2 a casi 9.900"

Cartel informativo de la necrópolis orientalizante de la Joya, en la calle Fray Junípero Serra.

Cartel informativo de la necrópolis orientalizante de la Joya, en la calle Fray Junípero Serra. / alberto domínguez

El nuevo proyecto urbanístico del Cabezo de la Joya persigue una nueva ordenación de las parcelas con aprovechamientos lucrativos respecto al documento aprobado con anterioridad bajo dos premisas fundamentales. En primer lugar, se busca que la nueva ordenación se adapte a las necesidades y a la viabilidad económica del ámbito en cuanto a su oferta de productos inmobiliarios; y, por otro, que se permeabilice la ordenación para "que la Necrópolis sea parte de la ciudad hacia la avenida de las Adoratrices y la calle San Sebastián, de forma que se conecte y se abra a esta fachada lo máximo posible".

Así consta en la Modificación Puntual del Plan Especial de la Unidad de Ejecución número 1 Cabezo de la Joya, un documento consultado por Huelva Información, que fue sometido a exposición pública en agosto y que ha sido objeto de alegaciones por parte de Mesa de la Ría y varios colectivos ciudadanos, así como de una queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz por parte del Círculo de Patrimonio Cultural.

Promueve el proyecto la junta de compensación y aunque fue aprobado en 2014, ahora es revisado

La actuación abarca un ámbito de casi 26.000 metros cuadrados (colinda con la calle San Sebastián, la avenida Adoratrices, Fray Junípero Serra y la calle Fray Juan Pérez). Al tratarse de terrenos de titularidad privada, y al determinar el planeamiento la gestión mediante el sistema de compensación, corresponde a la Junta de Compensación Cabezo de la Joya (órgano que aglutina a los diferentes propietarios) promover un proyecto de ordenación que, aunque ya fue aprobado definitivamente en 2014, en el presente mandato es objeto de revisión por parte de los promotores privados, para buscar una mejor y mayor integración en el espacio libre de la zona arqueológica, y para lograr que se fomente la permeabilidad visual y peatonal entre el casco urbano y las nuevas áreas de cabezo que se integran en la ciudad.

La reordenación de las parcelas, según el documento, redistribuye las unidades de vivienda por tipología edificatoria, de forma que se aumentan las viviendas plurifamiliares (producto con más demanda en el núcleo urbano de Huelva), y sobre todo donde se ubica el ámbito muy cercano al Centro Histórico, en detrimento de las unifamiliares.

Así, queda en una proporción de "270 unidades plurifamiliares (72 protegidas y 203 libres) y viviendas unifamiliares en 14 unidades", las necesarias en función de lo existente en cuanto a dimensiones de parcela y aprovechamiento en el entorno, para cerrar las traseras de la calle Fray Juan Pérez y dejar siempre acceso a la parcela referida con anterioridad que no está incluida dentro del sector pero sí cuenta con acceso desde el mismo.

Como consecuencia, se minimiza el número de parcela edificatorias, con lo cual, "se eliminan viales de acceso rodado obligados interiores innecesarios" y sobre todo, "se vuelca todo lo plurifamiliar en bloque hacia los viales más comerciales y de demanda inmobiliaria". Estas parcelas se proyectan de forma que sean "esbeltas en altura y menores en ocupación" para que la transición desde la fachada principal hacia la Necrópolis de la Joya sea "lo más amplia posible", que además se conectarán con "rampas y escaleras a través de las zonas verdes de cabezos existentes entre parcelas plurifamiliares a esta fachada".

Producto de las primeras razones, se consigue un aumento importante del Espacio Central Libre, la Necrópolis, que pasa "de 5.614,58 metros cuadrados de superficie del documento aprobado a los casi 9.900,00 metros cuadrados" de la ordenación propuesta en el documento, con lo que "no sólo se amplía tanto la zona arqueológica a estudiar y posteriormente interpretar en la urbanización y posterior ejecución, sino también la dotación del Espacio Libre para los ciudadanos".

Prácticamente se duplica la superficie destinada a espacios libres públicos, al compactarse la superficie destinada a viviendas, ya que se elimina chalés (urbanismo horizontal) y, en su lugar, se plantean los cuatro bloques de viviendas plurifamiliares (urbanismo vertical).

Todo, según figura en el proyecto, sin alterar los máximos de edificabilidad y buscando la redistribución de las parcelas de uso lucrativo de la manera más óptima para la configuración de las fachadas urbanas. La concentración de las viviendas en el espacio reduce también la necesidad de ocupación de terrenos por viales interiores, con lo que se deja aún más espacio libre, sin menoscabarse la accesibilidad interior al ámbito.

Por otra parte, se plantea una ordenación asentada en torno al espacio central donde se ubica la Necrópolis. Así, existe un vial de acceso a las edificaciones interiores hasta una plaza con varias plantas de aparcamiento, y desde ella un vial peatonal que concluye en la continuación de la calle Nuestra Señora del Rocío hasta la calle Fray Junípero Serra.

La casi totalidad de parcelas edificables con aprovechamiento quedan ubicadas en dos franjas: una en las traseras de la calle Fray Juan Pérez, y principalmente, en la calle San Sebastián, de forma que la ocupación de parcelas en el sector se minimiza, lo que posibilita la ampliación del resto de las zonas, que no son otras que el ámbito de espacio libre delimitado por la Necrópolis, el cual se libera de edificación en la totalidad del frente de la calle Fray Junípero Serra, y las zonas verdes a fachada principal, las cuales se amplían, siendo fundamentales en la conexión entre la Necrópolis y la ciudad por la zona sur y sureste.

Dada la relevancia de la Necrópolis de la Joya, la programación de las etapas de urbanización estará restringida y programada por los estudios de intervención arqueológica y la posterior aprobación de la Delegación Territorial de Cultura, la cual se posibilita en el contexto de esta actuación urbanística.

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