Huelva

Un onubense que subía películas a webs de descargas se enfrenta a tres años de prisión

  • La Fiscalía le atribuye la creación de 'Tucinecom.com', 'Oranline.com' y 'Recpelis.com', en las que colgó enlaces de 253 títulos sin autorización de los propietarios intelectuales

  • Le reclama multa de 9.000 euros, el embargo de 19.000 euros, una indemnización de 9.900 euros para Egeda y el cierre de las tres páginas

Interfaz actual de una de las páginas atribuidas al acusado, todavía activa.

Interfaz actual de una de las páginas atribuidas al acusado, todavía activa. / H. Información (Huelva)

El titular del Juzgado de lo Penal 2 de Huelva, José Manuel Balerdi, juzgará hoy a un onubense acusado de un delito contra la propiedad intelectual por subir películas a distintas páginas web sin autorización de sus propietarios.

El fiscal delegado de Criminalidad Informática de Huelva, Alberto Campomanes, pide para este hombre tres años de prisión, una multa de 9.000 euros y la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de administración y gestión de páginas web y servidores informáticos.

Como consta en el escrito de la acusación pública, al que ha tenido acceso en exclusiva Huelva Información, el procesado creó a lo largo de 2013 las webs Tucinecom.com y Oranline.com, y "participó en el desarrollo" de la web Recpelis.com.

Otra de las páginas que permanece accesible a los internautas. Otra de las páginas que permanece accesible a los internautas.

Otra de las páginas que permanece accesible a los internautas. / H. Información (Huelva)

"Con el propósito de enriquecerse ilícitamente a costa de los derechos exclusivos ajenos sobre obras protegidas por la legislación en materia de propiedad intelectual", el encausado dotó a las dos primeras webs y colaboró mediante la aportación de enlaces a la tercera "que permitían, sin restricciones de ninguna clase a todo aquel que accediese a ellas, la descarga y visualización de películas almacenadas por personas no determinadas y sin autorización de sus titulares".

Y lo hizo, mantiene el fiscal, "a sabiendas de ello, en servidores de empresas que ofrecen servicios de almacenamiento de datos en línea". Dichas webs "no han tenido otra actividad o contenido distinto" de la puesta ilegal a disposición del público de aquella clase de obras y no consta su registro en territorio español, subraya el Ministerio Público.

Utilizando un seudónimo, ofreció durante 2013 al público de forma "gratuita y sin restricciones" un total 419 enlaces a copias de 253 películas sin la autorización de los respectivos titulares de derechos de propiedad intelectual. La gestión de dichos derechos sobre aquellas obras cinematográficas corresponde a la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores Audiovisuales (Egeda).

El tráfico internauta a dichas webs ascendió en aquellas fechas, según observa Alberto Campomanes, a alrededor de 1.500.000 visitas mensuales, que han generado al acusado unos ingresos por publicidad de 19.175,21 euros.

Obtuvo millón y medio de visitas mensuales, que generaron ingresos por publicidad de 19.175 euros

A ello añade que "en un momento no determinado del año 2014", el onubense imputado enajenó las websTucinecom.com y Oranline.com a una tercera persona que no ha sido identificada "a cambio de un porcentaje de devengo periódico de los beneficios que estas generasen mediante la actividad ilícita descrita", a la que siguieron dedicadas. Este diario ha podido comprobar que la última de ellas y Recpelis.com todavía siguen activas.

El mal causado a los titulares de los derechos exclusivos de las películas, a juicio del Ministerio Fiscal, ha ascendido a 9.921,43 euros, reclamados por la entidad Egeda y a la que el acusado deberá indemnizar con este importe en materia de responsabilidad civil "por los daños y perjuicios ocasionados".

Asimismo, se insta al bloqueo del acceso desde España a las tres páginas web y de "aquellas otras que se detectaren en el futuro y resulten ser meras sucesoras de las mismas con o desde diferentes dominios", al no constar su ubicación en suelo nacional; y al embargo de los 19.175 euros "o su equivalente en bienes muebles o inmuebles del acusado, o sus transformaciones, en concepto de ganancias procedentes de la actividad ilícita".

El asunto, poco frecuente en Huelva, es peculiar porque plantea la cuestión jurídica de si antes de la reforma del Código Penal en 2015 (este asunto es de 2013) las páginas internautas de enlaces no autorizados eran o no delictivas. Esta cuestión ya ha sido discutida en distintos tribunales con resultados dispares en los conocidos casos de Youkioske, con condena de la Audiencia Nacional, o de Seriesyonkis, con la absolución de los implicados en el Penal 4 de Murcia.

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