Huelva

Eximen al SAS del pago de 270.000 euros por la muerte de una paciente de meningitis en Huelva

El centro de salud de Almonte en una imagen de archivo.

El centro de salud de Almonte en una imagen de archivo. / H. I.

El Consejo Consultivo de Andalucía ha rechazado la petición de 270.000 euros que la familia de una mujer muerta por meningitis reclamaba al Servicio Andaluz de Salud (SAS) en concepto de responsabilidad patrimonial por mala praxis en el diagnóstico de la enfermedad.

En un dictamen que en este caso es preceptivo dada la cuantía reclamada, el Consultivo dictamina favorablemente la propuesta de resolución desestimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, en el procedimiento tramitado por el SAS, incoado a instancia del marido de la fallecida, al "no poder entenderse acreditada la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio y el daño por el que se reclama".

En la reclamación se alegaba una infracción de la "lex artis ad hoc" por "incorrecta exploración" por parte de los médicos del Servicio de Urgencias del Centro de Salud de Almonte y posteriormente, tras ser trasladada al Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva, que conllevó que no se apreciaran los síntomas de la meningitis aguda que sufría la paciente sino únicamente fatiga, vómitos y mareos y que, debido al retraso en el diagnóstico e inadecuado tratamiento de la dolencia se produjo finalmente su fallecimiento.

En base a los informes médicos, el Consultivo señala que "se actuó de acuerdo con los síntomas que iba presentando la paciente y que se pusieron a su disposición los medios que tales síntomas requerían", primero una gripe sin signos meningeos y a los tres días de una meningitis.

Asimismo considera que se prescribió el tratamiento adecuado por parte de los facultativos que asistieron a la paciente, instaurándose inmediatamente el tratamiento para la meningitis ante la sospecha de la misma, sin esperar incluso a la confirmación diagnóstica.

Por último, también se considera correcta la actuación médica con los familiares de la paciente a los que, tras la confirmación de la meningitis, se prescribió la quimioprofilaxis, en referencia a la prevención con los familiares.

En definitiva, por los motivos expuestos, atendiendo a las pruebas practicadas, el Consejo Consultivo "no puede estimar la existencia de una mala praxis en la asistencia sanitaria que se dispensó a la paciente".

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