Medio ambiente

Egmasa defiende su plan de vigilancia en las marismas de Mendaña

  • La empresa arguye que los resultados de los análisis del plan de vigilancia señalan que no existen riesgos para la salud o el medio ambiente

La Empresa de Gestión Medioambiental (Egmasa), dependiente de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, aseguró hoy en relación al informe emitido por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) que alerta de la "falta de eficacia" en el confinamiento en el Centro de Recuperación de Inertes (CRI-9) de las Marismas de Mendaña, en Huelva, de los materiales contaminados por cesio-137 procedentes del accidente de Acerinox de 1998, que en todo momento ha ejecutado cuantas acciones le han ordenado las autoridades competentes de la Administración del Estado y de las entidades debidamente autorizadas.

En un comunicado, Egmasa subrayó que, desde que se produjo el incidente de contaminación radioactiva, actuó con "total celeridad" para presentar planes de actuación y estudios de alternativas de solución al problema, elaborados bajo la dirección y el control de Enresa, en su condición de empresa estatal especializada en la gestión de residuos radioactivos.  

Asimismo, la empresa de gestión medioambiental indicó que ejecutó las medidas exigidas por la Dirección General de Política de Energía y Minas, a propuesta del CSN. Para ello contrató a Enresa como empresa especializada en la gestión de residuos radioactivos, presentándose a la Dirección General competente, en julio de 2002, el informe final sobre normalización del centro de recuperación de inertes de la marisma de Mendaña, suscrito por dicha empresa. 

Al hilo de ello, aseveró que consta en acta de inspección del CSN, en visita realizada a la zona el 7 de marzo de 2002, que "la inspección pudo comprobar que se habían concluido las obras de acondicionamiento de los materiales contaminados con Cs-137, según la alternativa 2 aprobada por el CSN". Si bien, añadió que no se ha recibido hasta la fecha pronunciamiento alguno de la Dirección General competente, sobre una eventual disconformidad relativa a la adecuación de los trabajos realizados con las medidas ordenadas.

Seguidamente, Egmasa sostuvo que desde la finalización de los trabajos se viene realizando el plan de vigilancia radiológica ordenado a través de Enresa y posteriormente con entidad debidamente acreditada, que son remitidos al CSN para su conocimiento y control. 

 

"Ningún riesgo" para la salud

En dichos informes se concluye que "la presencia del Cs-137 "es limitada y muy inferior a los valores establecidos en la legislación vigente, por lo que no existe ningún riesgo para la salud de las personas ni el medio ambiente. Asímismo dicho resultado indican que las medidas tomadas han sido adecuadas para reducir el riesgo inicialmente existente".

Así, según explicó Egmasa, en julio de 2007 se suscribió un informe por Enresa, que fue remitido al CSN, en el que se solicitaba a dicho órgano asesor que se modifique la periodicidad del muestreo del plan de vigilancia radiológica, pasando de ser trimestral a anual, conforme ya se contemplaba en la Resolución de la Dirección General de Política de Energía y Minas. Dicha petición estuvo fundada en haber sido en todo momento el seguimiento acorde con las medidas de control exigidas y haber estado las mediciones dentro de los parámetros previstos.  

No obstante, anuncia sigue a disposición de las autoridades competentes para colaborar en cuantas nuevas actuaciones se ordenen y estén dentro de sus capacidades legales, en la medida de que no ostenta sobre los terrenos contaminados título alguno ya que, al ser dominio público marítimo terrestre, la competencia es de la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente, y en la convicción de haber cumplido con lo exigido.

Por último, quiso dejar claro que no tuvo responsabilidad alguna en el incidente de contaminación radiactiva por fusión accidental de una fuente de Cs-137, ocurrido en 1998 como consecuencia del tratamiento y gestión de los residuos de Acerinox, siendo así que, por sentencia firme, se obligó a la citada entidad a pagar, como de hecho ocurrió, los costes efectivamente acreditados de los trabajos de gestión de los residuos radioactivos.  

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