Huelva

Condenan al Consistorio a pagar 370.000 euros por retraso en el pago de facturas

  • El Ayuntamiento tira de un fondo presupuestario de 1,5 millones para acatar la sentencia del juez Los intereses de demora provienen de impagos de mantenimiento del alumbrado

El Ayuntamiento de Huelva ha tenido que acatar la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Huelva para pagar casi 370.000 euros en intereses de demora a la empresa adjudicataria del servicio de mantenimiento del alumbrado público y las fuentes ornamentales de la ciudad. Como consta en la resolución judicial a la que ha tenido acceso este periódico, las facturas son anteriores a 2010 y, aunque el plan de pago a proveedores ha conseguido atajar el grueso de la deuda comercial que se mantenía con esta entidad, ese recargo ordenado por el juez se ha convertido en un varapalo más para las maltrechas arcas municipales.

El titular de lo Contencioso-Administrativo estimó en parte la demanda de la empresa, que había impugnado la resolución desestimatoria del Ayuntamiento ante la reclamación de la deuda contraída por este proveedor "por el impago de las certificaciones referidas al servicio de mantenimiento y conservación del alumbrado público, dependencias municipales, ornamental y fuentes públicas, alumbrados extraordinarios e instalaciones eléctricas provisionales en los recintos feriales y otros eventos culturales de la ciudad de Huelva".

En la demanda, que se formalizó en septiembre de 2010, la entidad emplazaba al juez a condenar al Consistorio a pagar 2,7 millones de euros correspondientes a las principales facturas pendientes, junto a los intereses de demora que se generasen, aparte de casi 60.000 euros que ya se habían acumulado en esa fecha como recargos por la tardanza en los pagos.

En el expediente que llegó a manos del juez se detallaban 18 facturas pendientes de abonar por parte del Ayuntamiento. Sin embargo, durante el curso del procedimiento, el plan de pago a proveedores puesto en marcha desde el Gobierno central permitió al Consistorio onubense afrontar el pago de la práctica totalidad del montante principal. Una vez depurados los gastos pendientes en función de los intereses moratorios, en lo que no dio la razón el tribunal a la empresa es en que pretendiera calcular éstos en base al importe de las facturas incluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Es por ello que el fallo judicial estima "solo en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad", condenando al Ayuntamiento a pagar a la recurrente "los intereses de demora en el pago de todas y cada una de las facturas, abonadas antes de la interposición del recurso y con posterioridad desde el transcurso de los dos meses desde las respectivas emisiones y hasta los efectivos pagos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 3/2004 [...] y calculando el interés sobre el importe de la factura IVA no incluido".

Se excluye el deber de abono de los intereses correspondientes a las facturas que se pagaron a través del mecanismo del Real Decreto Ley 4/2012, el procedimiento puesto en marcha por el Ministerio de Hacienda para que las entidades locales saldaran sus deudas comerciales.

En base a esta sentencia, según la documentación consultada por este diario referida en las actas de la Junta de Gobierno Local, el Ayuntamiento ha tenido que acatar el pago de intereses de demora por valor de 369.840 euros, en ejecución de la resolución judicial. Una cuantía que, según los órganos de control interno del Consistorio, se ajusta a los términos del fallo del juez, existiendo a tal efecto una retención de crédito en los presupuestos municipales bajo el epígrafe "intereses de demora". Con cargo a esa partida, que tiene una asignación de 1,5 millones de euros, se han previsto afrontar estos gastos.

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