Huelva

Bono Joven de Alquiler: este es el dinero que te corresponde según el municipio de Huelva en el que vives

Dos jóvenes se interesan en pisos de alquiler.

Dos jóvenes se interesan en pisos de alquiler. / Juan Ayala

El bono de alquiler joven permite a jóvenes de hasta 35 años, incluidos, solicitar una ayuda de 250 euros mensuales para aliviar la cargar que supone pagar el alquiler. Los interesados podrán entrar en la web de La Junta de Andalucía y desde ahí descargar los formularios necesarios para optar a esta ayuda. 

Será a partir del 14 de noviembre a las 09:00 hasta las 15:00 del 14 de febrero el plazo que tienen los usuarios para entregar la solicitud. No obstante, "se cerrará provisionalmente dicho plazo en el día en que el número de solicitudes presentadas hasta las 15:00 sobrepasen el número de 14.000, siempre que este número se alcance antes del plazo mencionado"

Municipios de Huelva 

Los habitantes de Huelva capital podrán optar a un ayuda de 250 euros al mes siempre y cuando el alquiler máximo que paguen sea de 900 euros. Así lo tiene estipulado la Junta de Andalucía, que ha hecho una división en 4 grupos y el grupo 1, 2 y 3 son los que tienen el límite máximo de 900 euros de alquiler para poder optar al bono. 

Para el resto de municipios de Huelva que poseen menor cantidad de índice territorial el máximo de alquiler mensual que deben pagar es de 600 euros. Aunque hay que examinar todos los tipos de contratos para poder ver exactamente cuál es la solicitud que se debe rellenar. 

Tipos de contrato 

  • Tipo 1. Contrato de vivienda de una sola persona arrendataria. Cuando en la vivienda resida, y esté empadronado, una única persona y el contrato de arrendamiento esté suscrito por esa persona. 
  • Tipo 2. Contrato de vivienda de un sola persona arrendataria que forma una familia o una unidad de convivencia con el resto de empadronados en la vivienda. Cuando en la vivienda residan, y estén empadronadas, dos o más personas que formen una unidad familiar o de convivencia y el contrato de arrendamiento esté suscrito por una sola persona.
  • Tipo 3. Contrato de vivienda de varias personas arrendatarias que forman una familia o una unidad de convivencia. Cuando en la vivienda residan, y estén empadronadas, dos o más personas que formen una unidad familiar o de convivencia y el contrato de arrendamiento esté suscrito por más de una persona. Podrán solicitar la ayuda de manera independiente las personas que sean titulares del contrato.
  • Tipo 4. Contrato de vivienda de varias personas arrendatarias que no forman una familia o una unidad de convivencia. Cuando en la vivienda residan, y estén empadronadas, dos o más personas independientes, sin formar una unidad familiar o de convivencia, y el contrato de arrendamiento esté suscrito por más de una persona, contrato parcial. Podrán solicitar la ayuda de manera independiente las personas que sean titulares del contrato.
  • Tipo 5. Contrato de habitación. Cuando una persona tiene un contrato de arrendamiento solamente para una habitación.

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