La Fiscalía Superior de Cataluña se opone al indulto de Laura Borràs por no mostrar arrepentimiento

El Ministerio Público considera que la ex presidenta del 'Parlament' y de Junts no está "reeducada ni rehabilitada socialmente"

La ponencia del Tribunal Constitucional avala la Ley de Amnistía

La Fiscalía se opone al indulto de Laura Borràs por no mostrar arrepentimiento.
La Fiscalía se opone al indulto de Laura Borràs por no mostrar arrepentimiento. / Marta Pérez / Efe

La Fiscalía Superior de Justicia de Cataluña se ha opuesto al indulto de la ex presidenta del Parlament y de Junts, Laura Borràs, condenada a cuatro años y medio de cárcel por su gestión al frente de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC) entre 2013 y 2018, al no apreciar "ningún comportamiento que permita inferir una mínima aceptación de la conducta delictiva perpetrada", así como el propósito de no reincidir.

Según el informe de la Fiscalía, Borràs "no ha aceptado en ningún momento su responsabilidad" y haber actuado al margen de la ley, y tampoco ha exteriorizado el más mínimo signo de arrepentimiento por las conductas que motivaron su condena, textualmente.

Alude a algunas de las manifestaciones que Borràs hizo durante el proceso negando su responsabilidad en el delito, reivindicando su inocencia y "deslegitimando la actuación jurisdiccional" afirmando que fue víctima de una persecución judicial por sus ideas políticas.

"Por tanto, la señora Borràs no se halla reeducada ni rehabilitada socialmente, y por consiguiente, no se ha alcanzado la finalidad de prevención especial que se persigue con el cumplimiento efectivo de las penas impuestas", considera la fiscal Assumpta Pujol.

Asimismo, considera que "no se da ninguna razón fundamentada en derecho que se justifique la concesión" del indulto.

Indulto parcial

El pasado marzo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) dictó un auto en el que elevaba al Gobierno una propuesta de indulto parcial en favor de Borràs respecto a la pena de 4 años y medio de prisión a la que fue condenada en marzo de 2023, así como a 13 años de inhabilitación y una multa de 36.000 euros.

Sin embargo, el TSJC puso como condición que no cometiera nuevos delitos durante el plazo de la suspensión y que realizara 146 días de trabajo en beneficio de la comunidad.

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