La promotora del Algarrobico se opone a que el TSJA imponga un plazo para revisar la licencia
Azata del Sol considera que la competencia corresponde al Ayuntamiento que debió comenzar a revisarla hace cuatro años
El Consistorio sigue sin publicar la revisión de su Plan General que considera los terrenos como "no urbanizables"
Carboneras considera “no urbanizable” el Algarrobico igual que hizo en 2018

La empresa Azata del Sol ha rechazado la petición efectuada por la Junta de Andalucía al TSJA para que fije un "plazo final y perentorio" en el que el Ayuntamiento de Carboneras revise de oficio la licencia de obras del hotel del paraje de El Algarrobico al entender que los plazos que han de seguirse ya vienen marcados por la ley de procedimiento administrativo, por lo que delimitar otro periodo diferente "infringiría" la legislación vigente. Hay que tener en cuenta que en julio de 2021 se obligó al Consistorio carbonero a efectuar de oficio la revisión de la licencia otorgada en 2003.
La administración andaluza recurrió en reposición la providencia del pasado 30 de abril por la que la Sala de lo Contencioso-administrativo ordenaba al alcalde, Salvador Hernández, que informara cada diez días de los trámites que se efectuaban para revisar la licencia de obras que fue declarada nula judicialmente. En su escrito, la representación letrada de la Junta reclamaba al TSJA que obligara al Ayuntamiento a remitir de forma "inmediata" el expediente revisorio al Consejo Consultivo de Andalucía; un aspecto que según Azata, corresponde únicamente al Ayuntamiento. "La competencia para iniciar y tramitar el procedimiento de revisión de oficio le corresponde dicha administración, quien deberá decidir en el ejercicio de su autonomía y competencia (...), la necesidad de recabar, en su caso, el informe del Consejo Consultivo en el citado procedimiento", asegura la promotora.
La Junta recurrió la decisión adoptada por el tribunal, que resolvió otorgar más plazo al Ayuntamiento de Carboneras para iniciar el expediente de revisión de la licencia después de que este apuntara que había solicitado un informe a la Secretaría sobre el procedimiento a seguir al respecto, lo que la Administración autonómica entendió como un nuevo paso "dilatorio" para retrasar la anulación del permiso municipal.
La falta de un plazo concreto y la obligación únicamente de transmitir una información cada diez días, "sin fijar actividad alguna" durante dicho tiempo, supone para la Junta "una regresión en la ejecución" con respecto a su providencia anterior, del 6 de marzo, cuando se le dio un mes para que incoara el expediente que pueda desembocar en el derribo del inmueble.
El Ayuntamiento de Carboneras también ha impugnado el recurso de la Junta ante su "total desacuerdo" con que las acciones municipales seguidas supongan un "instrumento dilatorio" en el cumplimiento de la sentencia . "Lo que hace la primera autoridad municipal no es poner en duda o dilatar injustificadamente la ejecución de la resolución judicial dictada sino solicitar a la Secretaría los trámites obligatorios y necesarios a realizar, es decir, el cómo de su ejecución", ha despejado en su escrito el representante del Ayuntamiento, que apunta a la necesidad de contar con un informe de la secretaria municipal al respecto.
Sin publicar la modificación del PGOU
Por otro lado, el Ayuntamiento de la localidad almeriense, sigue sin cumplir con la obligación de publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería e inscribir en el Registro de la Junta, la corrección del Plan General de Ordenación Urbana que consideraba a los terrenos en los que se asienta el hotel como "no urbanizables". Se trata de un paso previo a la apertura del procedimiento de la anulación de la licencia de obras.
No es algo nuevo. Una actuación idéntica ya ocurrió en el 2018, cuando después de un pleno se aprobó una modificación del PGOU que no fue publicada de manera oficial, por lo que no causó efecto alguno y fue necesario volver a iniciar todo el procedimiento de nuevo.
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