La Junta elimina la limitación temporal para vender las VPO

El borrador de la ley prevé un gasto en cinco años de 982 millones para vivienda, con una mayoría de fondos procedentes del Estado y de la UE

El Defensor del Pueblo pide "más protección" para los mayores en situación de dependencia

Una panorámica de grúas y andamios en un solar dedicado a vivienda protegida en Málaga.
Una panorámica de grúas y andamios en un solar dedicado a vivienda protegida en Málaga. / Javier Albiñana

El acceso a una vivienda asequible es una quimera para la mayoría de los bolsillos. La compra o el alquiler de un piso es hoy un bien de lujo pese a ser, paradójicamente, un bien de primera necesidad. La Junta de Andalucía se ha puesto manos a la obra. Hay una ley que está en proceso de tramitación que llegará al Parlamento al final del año si nada se tuerce y cuya actual redacción deja en el aire el blindaje legal de la vivienda protegida, una de las claves para un importante sector de los urbanistas y arquitectos a la hora de abaratar el coste de los hogares. El anteproyecto de la Ley de Vivienda ha hecho desaparecer del texto el periodo temporal de diez años para sacar al mercado libre la vivienda protegida que contemplaba en el primer borrador de la norma.

Se trata todavía de un borrador de la ley aunque en su articulado hay impregnado un espíritu. El actual texto legal, que está en exposición pública, señala que será el “plan autonómico de vivienda” el que “determinará los programas” para los que, “si procede”, se puedan descalificar las viviendas protegidas en suelo residencial “antes de que transcurra el plazo legal de protección”, eliminándose así el periodo de diez años previsto en el anterior anteproyecto de la misma ley. Hay una reserva. Fuentes de la Consejería de Fomento aclaran que la futura norma prevé “que las viviendas protegidas y alojamientos que se construyan en suelos dotacionales tengan una protección permanente y no puedan descalificarse”.

Los planes autonómicos de vivienda que decidirán la descalificación de las VPO, añaden las mismas fuentes, tendrán un periodo máximo de vigencia de cinco años.

La futura ley andaluza de vivienda incluye además la prohibición expresa de “cualquier uso turístico, total o parcial, incluso por habitaciones, en viviendas protegidas y dotacionales”, evitando de ese modo una práctica que se había extendido en la comunidad autónoma por parte de los beneficiarios de viviendas construidas bajo promoción pública. La sanción de estos hábitos están definidos con la etiqueta de particular gravedad.

También refuerza la norma que la vivienda protegida esté realmente habitada. El borrador fija unos mínimos de consumo de agua y luz para considerar la residencia deshabitada. Aparte de estos umbrales, se considerará no habitada un inmueble que esté vacío más de tres meses seguidos sin justificación.

La futura ley de vivienda está vinculada a unos dineros. En concreto, a unas importantes sumas de dinero. La Junta de Andalucía, según la memoria económica de la norma, va a dedicar 982 millones de euros desde 2026 a 2030 en materia de vivienda. De ellos, 592 millones provienen netamente de la Administración General del Estado –171 millones del Bono de Alquiler Joven– y de la Unión Europea –421 millones de los fondos de recuperación–. Los 390 millones restantes estarán cofinanciados por la Administración General del Estado y por la Junta de Andalucía –en un 30%–.

Los okupas no podrán ser beneficiarios

Las penas por okupación serán un obstáculo para aquellas personas que pretendan acceder a la vivienda protegida. Es lo que dispone el anteproyecto de la Ley de Vivienda de Andalucía, actualmente en el proceso de tramitación. La norma, todavía en estado de borrador, dispone que no podrán ser beneficiarios de la vivienda protegida aquellas personas condenadas por allanamiento o usurpación de un inmueble ni por aquellos ciudadanos que hayan sido desalojados por ocupación ilegal en los cinco años anteriores a la solicitud del bien. Como anécdota, cabe destacar que la versión del texto legislativo actual, en comparación con el borrador de la norma anterior, elimina el término “inquiocupación” y usa uno más formal: “ocupación ilegal”.

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