el caso de los ERE

La Fiscalía insiste en que no fueron simples irregularidades, sino "patentes ilegalidades"

  • El Ministerio Público pide al Supremo que ratifique la condena de los 19 ex altos cargos porque los avisos llegaron "a cuatro consejerías y nadie hizo nada" durante diez años

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Los fiscales Fernando Prieto y Rafael Escobar, en el Supremo

Los fiscales Fernando Prieto y Rafael Escobar, en el Supremo / D. S.

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado este jueves al Tribunal Supremo que ratifique íntegramente la condena de la Audiencia de Sevilla a 19 ex altos cargos de la Junta de Andalucía, entre ellos los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, porque los hechos juzgados no son simples irregularidades administrativas sino "patentes ilegalidades" y en este sentido ha subrayado que los informes de la Intervención General alertando de las deficiencias en el sistema del pago de las ayudas fueron remitidos "a cuatro Consejerías y nadie hizo nada", algo que según ha precisado "no es viable en una correcta administración" y teniendo en cuenta además que el sistema perduró "durante diez años".

El fiscal Fernando Prieto ha dicho que se puede entender que una modificación presupuestaria de una partida concreta "pudiera escaparse al control, pero lo que no es posible que esto suceda durante diez años y todo se reduzca a que yo no soy responsable de la legalidad presupuestaria o a la ineficacia de grupos. Necesariamente tenían que saber y eran conscientes de que se estaba presupuestando mal y claro que son responsables de los gastos", ha aseverado.

El tribunal que preside la vista de los recursos de los ERE. El tribunal que preside la vista de los recursos de los ERE.

El tribunal que preside la vista de los recursos de los ERE. / D. S.

El representante del Ministerio Público ha señalado que "de nada vale decir" que se ha mejorado el sistema de control presupuestario para establecer más controles, como sostiene la defensa del ex presidente Griñán, "si luego permaneces inerte o pasivo cuando se trata de la ejecución del gasto, todo son excusas intentando eludir su propia responsabilidad y derivándola a cualquiera".

En este sentido se ha preguntado si "alguien cree que esto es posible en una recta administración. ¿Qué mensaje transmitimos al ciudadano?"

"Ni uno solo de los 270 expedientes cumplió los requisitos"

Fernando Prieto ha expuesto igualmente que "ni uno solo de los 270 expedientes de la causa cumplieron los requisitos" establecidos en el procedimiento para la concesión de subvenciones, como por ejemplo que existiera una petición expresa de la ayuda, una memoria descriptiva, una relación de beneficiarios, la acreditación del cumplimiento de las finalidades y la publicación en los boletines oficiales.

El fiscal ha reiterado que el sistema se valió de la utilización inadecuada de las transferencias de financiación al IFA/Idea, mediante un cambio en la presupuestación que tuvo lugar en el año 2000 y que, en su opinión, "no tiene justificación", puesto que "no hay una norma que admita la utilización de las transferencias de financiación para el pago de subvenciones" porque las transferencias, que están reguladas desde el año 1997, sólo podían emplearse para "cubrir la cuenta de pérdidas y ganancias de las entidades públicas", según recogen hasta 45 disposiciones y normas, ha afirmado.

Y la explicación para ese cambio, ha proseguido, no es otra que "se quiso evitar cualquier tipo de control", porque ha insistido en que "no existe ningún tipo de explicación" que justificara el cambio de presupuestación y los ex altos cargos condenados acuden a "excusas" como que no hubo ningún reparo de la Intervención de la Junta o se "escudan" en mandos intermedios o culpan a la Intervención o a la Cámara de Cuentas por no advertirles, pero no asumen la responsabilidad, ha indicado.

El Ministerio Público tiene claro que el cambio de modelo en la gestión de las ayudas se hizo porque la utilización de las transferencias de financiación "impedía conocer el contenido de los expedientes y era imposible fiscalizar ningún expediente de las ayudas, eso está comprobado y acreditado en las actuaciones", ha abundado. Y los responsables de la consejería de Empleo eran "conscientes de que las transferencias no eran viables", además de que el IFA/Idea no tenía potestad subvencionadora y no podía actuar como entidad colaboradora.

Como consecuencia de la utilización de este sistema, lo único que se fiscalizaba con respecto a esta ayudas era la "orden de pago, no se fiscalizaba otra cosa" y no fue fiscalizado "ni un solo expediente" porque el IFA se limitaba exclusivamente al pago de las ayudas sin contar con la documentación de los expedientes, ha reiterado el fiscal, que también ha rechazado que el Parlamento andaluz tuviera conocimiento de "lo que estaba pasando" con las ayudas, a pesar de que las transferencias se incluían en las leyes de presupuesto de cada año.

Los abogados de las defensas en el Tribunal Supremo. Los abogados de las defensas en el Tribunal Supremo.

Los abogados de las defensas en el Tribunal Supremo. / D. S.

Las ayudas estaban "en un limbo" y se pagaban "a ciegas" por el IFA/Idea

"El IFA hacía un pago a ciegas, sin ningún tipo de documentación" y el convenio marco de 17 de julio de 2001 por el que se concedían las ayudas "no sirve para nada, no cumple un mínimo objetivo", ha añadido el fiscal, que ha señalado que tanto la secretaria del ex director de Trabajo como la ex asesora de Empleo María José Rofa, todos los testigos dijeron que los expedientes eran "un caos, que no había documentos y prácticamente ninguna resolución", además de que el convenio no fue objeto del preceptivo informe por parte del gabinete jurídico de la Junta.

Todo ello, ha concluido, llevó a que las ayudas no pudieron ser conocidas por ningún otro posible destinatario que pudiera tener derecho a solicitar las mismas. "Si no hay base reguladora, publicidad, es inviable que cualquier peticionario" pudiera acceder a unas ayudas que "estaban en un limbo".

De esta forma, el fiscal llega a la siguiente conclusión: "Si es Empleo la que concede la ayuda, ayuda que no es fiscalizada y que pasa por el consejo rector del IFA, todos ellos eran absolutamente conscientes de lo que estaba sucediendo" porque además desde 2001 a 2009 se había venido advirtiendo a los consejeros de Empleo y de Hacienda de que se estaba prescindiendo del procedimiento adecuado para la concesión de las ayudas y de todos esos informes de la Intervención "se ha hecho caso omiso", como el informe adicional al de cumplimiento realizado del IFA sobre el ejercicio 2003 y que fue notificado en 2005, donde se recoge que las ayudas se están concediendo "prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido", ha significado.

El fiscal Fernando Prieto, durante su intervención. El fiscal Fernando Prieto, durante su intervención.

El fiscal Fernando Prieto, durante su intervención. / D. S.

Un sistema que no surgió por "generación espontánea"

Por su parte, el fiscal Rafael Escobar ha señalado en su intervención que el denominado "procedimiento específico" por el que se concedían las ayudas no fue un sistema que surgió por "generación espontánea", en el que se da vida a un ente que "nadie conoce ni implementa", sino que fue un sistema que "duró casi una década con un importante desvío de fondos públicos" y en el que la intervención material de cada uno de los acusados está "demostrada por la normativa que les obligaba a actuar".

De esta forma, ha insistido en que se trató de una "actuación consciente" por parte de los ex altos cargos condenados, que "conocían lo que estaban haciendo" y ha añadido que aunque pudiera haber una "decisión política" a la hora de conceder las subvenciones, todo el proceso que debía recorrerse es un "elemento reglado sometido al control jurisdiccional".

El fiscal también ha respondido a los reproches de las defensas respecto a la ausencia de prueba del supuesto "pacto criminal" de todos los acusados para malversar los fondos públicos y así Rafal Escobar ha dicho que "no hubo un pactum scaeleris, sino una actuación que se inicia y a medida que los responsables relacionados con cada una de las actuaciones específicas intervienen realizan su aportación relevante".

El fiscal Rafael Escobar durante su intervención en el Supremo. El fiscal Rafael Escobar durante su intervención en el Supremo.

El fiscal Rafael Escobar durante su intervención en el Supremo. / D. S.

Por ello, ha considerado que los recurrentes, a juicio del Ministerio Público, "confunden lo que es el enjuiciamiento de los expedientes de concesión de ayudas que van a ser enjuiciados en piezas separadas con lo que es la prueba de la malversación, que no tiene nada que ver".

También se ha referido a la alegación de las defensas de la falta de advertencias por parte de la Intervención General de la Junta o la realización del denominado Informe de Actuación. "Si no hay que advertir, esto es tan notorio que saltaba a la vista, es imposible que pasara desapercibido durante diez años y que nadie dijera nada, todo el mundo callado", ha agregado.

Por último, ha dicho que los nueve ex altos cargos que fueron condenados a penas de prisión por la malversación -el ex presidente José Antonio Griñán, los ex consejeros Antonio Fernández, José Antonio Viera, Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo, los ex viceconsejeros Agustín Barberá y Jesús María Rodríguez Román, el ex director general de Trabajo Juan Márquez y el ex director general de la agencia Idea Miguel Ángel Serrano Aguilar- ocupaban "cargos estratégicos" que en cualquier momento "podían desligarse de la actuación, pero no lo hicieron y contribuyeron hasta el final con su actuación relevante", dado que muchos eran destinatarios o receptores de los informes de la Intervención que alertaban de las deficiencias.

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