Cultura

La duquesa de Alba, indemnizada por las memorias de 'El Bailarín'

La Audiencia de Sevilla ha fijado en 90.000 euros la indemnización que percibirá la duquesa de Alba por la publicación del libro Memorias de viva voz, autobiografía y testamento de Antonio El Bailarín, al considerar los jueces que el contenido relacionado con las relaciones de la aristócrata y el artista vulnera su derecho al honor y a la intimidad. La indemnización, que se suma a otros 90.000 euros a los que fue condenado Telecinco por las informaciones difundidas en el extinto programa Aquí hay tomate, deben abonarla de forma solidaria el autor del libro, Santiago Arriazu, la editorial e Interviú, que también ha sido condenada en esta misma sentencia por publicar un artículo sobre el libro.

La resolución de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Sevilla desestima los argumentos que expusieron el autor y las empresas editoras del libro y de la revista contra la primera sentencia, dictada por un juzgado de Primera Instancia, y concluye que "no es de interés general la presunta infidelidad de una persona cuyos detalles se difunden con ánimo de lucro, satisfaciendo el chismorreo o el cotilleo". Los jueces sostienen que hay que distinguir entre lo que "es el interés público y el interés del público", porque "el cotilleo, no puede, ni debe erigirse, en una sociedad de hombres libres, como modelo, espejo, especie protegible, ni ser considerado representación de esa realidad social a la que debemos respeto según exige el artículo 3 del Código Civil".

El tribunal razona que, por más que la realidad social se transforme, "el hecho de que se proclame a bombo y platillo la infidelidad y adulterio de una mujer es materia por la que puede sentirse no ya deshonrada sino también evidentemente atacada en su intimidad, en su ámbito más digno de protección, ya que el contenido del libro de manera principal y el artículo de la revista de forma casi exclusiva se refieren a la presunta relación del bailarín protagonista del libro con la ahora apelada, fruto de cuya relación llegan a señalar que es uno de los hijos de ésta, añadiendo además de la atribución de la falsedad y de la infidelidad una conducta que la sentencia recurrida califica de mezquina".

Las empresas condenadas habían alegado la teoría del reportaje neutral y del interés público, pero los magistrados rechazan estos argumentos porque no son válidos "cuando de manera zafia y vulgar, con palmaria intención de menoscabar la reputación ajena, en asuntos en los que su actividad más íntima queda expuesta a la curiosidad de las masas, se atenta a la intimidad y a la dignidad de alguien sin otra justificación conocida que no sea la del lucro, finalidad normal a la actividad de toda empresa mercantil". Este tipo de información, "exagerada, interesada y ofensiva debe merecer el reproche y sanción de los tribunales de justicia", añade el fallo.

En cuanto al recurso presentado por Interviú, que alegó que la revista había reproducido lo publicado en el libro, la resolución aclara que también es responsable y debe ser condenada porque "el hecho de que se propague por la otra codemandada la insidia perpetrada por otro no libra a este último de responsabilidad, ya que en este caso adopta la cualidad de efecto multiplicante del mal causado".

Los jueces también rechazan la argumentación de que Cayetana Fitz-James Stuart es propensa a revelar aspectos de su intimidad. "Esta conducta no afecta a la condena pues no se aprecia que haya revelado hechos de su vida más íntima, cual es la esfera sexual o procreativa, y en todo caso, no cabe desconocer que la titular del derecho es la actora y es a ella a la que le asiste la facultad de decidir a quién, cómo, cuándo y de qué manera transmite o revela aspectos de su intimidad, por lo que aún en la hipótesis no acreditada de que en otras ocasiones hubiera revelado aspectos de su esfera íntima ello en modo alguno supondría la abolición de su derecho a la intimidad, un derecho fundamental que lo mantienen incluso aquellas personas que en otras actuaciones no se hayan ajustado al mismo".

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