Huelva

La Junta controlará la contaminación lumínica con una nueva normativa

  • La 'Gica' entró en vigor el pasado día 20 y crea nuevas figuras de control ambiental

La regulación de la contaminación lumínica y la concentración de los distintos trámites ambientales en sólo algunos. Esos son los principales avances de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, más conocida como Gica, elaborada por la Junta de Andalucía y que entró en vigor el pasado día 20.

La nueva Ley regula por primera vez la contaminación lumínica para instalaciones tanto públicas como privadas en el ámbito territorial de la comunidad andaluza y establece la necesidad de establecer una serie de áreas lumínicas en función de las cuales habrá una serie de restricciones. Éste es un trabajo que aún se está elaborando, puesto que son los ayuntamientos los encargados de establecer las áreas en función de los usos del suelo y a excepción de las denominadas áreas oscuras, zonas de especial protección. En este sentido, la última imagen de satélite que orienta sobre la contaminación de este tipo en la provincia señala como área con más luz artificial la Costa, como es lógico al corresponder con los núcleos de mayor población, aunque esta contaminación lumínica afectaría a un espacio protegido como es el paraje natural Marismas del Odiel. Sí que hay ya algunas especificaciones de aplicación general que afectarían a la provincia, como la prohibición del uso de láseres y leds que emitan por encima del plano horizontal con fines publicitarios o recreativos o la iluminación de playas y costas que no estén integradas en los núcleos de población.

La regulación de este tipo de afección al medio ambiente sería la principal novedad visible de la normativa, que recoge los diferentes tipos de contaminación ambiental con las determinaciones legislativas existentes sobre ellos y las medidas a adoptar para garantizar la calidad del aire, agua y suelos, así como de la gestión de residuos, la antedicha contaminación lumínica o la contaminación acústica.

La norma compila la legislación existente en la materia estableciendo un régimen de sanciones más elevadas y marcando cinco tipos de instrumentos de prevención y control ambientales a aplicar en distintos casos, bien para actividades industriales, para planes y programas o para instrumentos de planeamiento urbanístico. Con ellos se pretende unificar todos los trámites ambientales para actividades que van desde las explotaciones mineras hasta la construcción de líneas eléctricas pasando por la construcción de caminos rurales o los campos de golf y pistas de esquí. Tanto la Junta de Andalucía como en algunos casos los ayuntamientos tendrán que tramitar estos diferentes instrumentos para la puesta en marcha de las actividades.

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