Vaticano

El Papa obliga al clero a denunciar los abusos sexuales y el encubrimiento

  • Francisco exige a las diócesis que se doten en un año de un sistema de control para registrar los casos de pederastia

  • La acusación pasa a ser una obligación, no una cuestión de conciencia

El Papa Francisco, en el Vaticano

El Papa Francisco, en el Vaticano / Maurizio Brambatti, EFE

Las medidas concretas prometidas por el papa Francisco ante los casos de abusos llegaron con un documento que obliga a todos los miembros de la Iglesia a denunciar cualquier caso de abuso sexual y también el encubrimiento de los obispos. Ésta es la medida principal del motu proprio (documento papal) de Francisco llamado Vos estis lux mundi (Vosotros sois la luz del mundo), que también exige a todas las diócesis del mundo la creación antes de junio de 2020 de un sistema accesible a cualquiera que quiera realizar una denuncia. El tercer punto de este documento establece que por primera vez se da total protección y asistencia a los denunciantes y a las víctimas.

"No hay delitos ni penas nuevas, lo que se busca garantizar es la recogida de noticias de datos, la gestión de denuncias y la fidedigna transmisión de las denuncias", explicó el secretario del Pontifico Consejo para los Textos Legislativos, el español Juan Ignacio Arrieta Ochoa, quien subrayó que una novedad es la obligación de denuncia, que antes era una cuestión moral, de conciencia, "pero ahora está establecido legalmente".

Asimismo, será obligatorio el establecimiento de oficinas, portales de internet y líneas telefónicas para recibir las denuncias. Las diócesis tienen hasta junio de 2020 para ponerse al día. Y se aplicará, como reza el artículo 1, para todos los delitos en los que "se obligue a alguien, con violencia o amenaza o mediante abuso de autoridad, a realizar o sufrir actos sexuales; realizar actos sexuales con un menor o con una persona vulnerable; producir, exhibir, poseer o distribuir, incluso por vía telemática, material pornográfico infantil".

También incluye cualquier caso de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así como el caso de acoso a seminaristas o novicios. Pero igualmente para los delitos de encubrimiento, de los que en el pasado han sido acusados numerosos obispos.

"Cualquier clérigo o religioso que conoce esta conducta por parte un obispo estará obligado a denunciar e informar a la Santa Sede para que tome medidas disciplinarias o penales", añadió Arrieta.

Otro punto relevante es la protección de los denunciantes y de las víctimas, que, según la nueva ley, no pueden ser objeto de "prejuicios, represalias o discriminación", así como nadie puede imponerles la obligación de silencio con respecto al contenido, por lo que pueden hablar con ellos quienes quieran, incluida la prensa. También se les garantizará "asistencia médica, terapéutica y psicológica, según sea el caso".

Las denuncias tendrán que ser inmediatamente comunicadas al obispo o al superior de la congregación u orden de la diócesis donde se produjeron los hechos, pero también se permite que se informe a otros obispos. El documento establece sobre todo "la responsabilidad del obispo" en estos casos.

Además, desde el inicio hasta el cierre de las investigaciones preliminares en la diócesis no tendrán que pasar más de 90 días, aunque se podrá por motivos justificados aumentar el plazo.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios