Sociedad

Análisis: ¿Debe un menor de 14 años ser responsable penal de los delitos que comete?

La detención de varios menores, dos de ellos que no habían cumplido 14 años, tras la violación de una niña de 13 en Isla Cristina (Huelva) apenas unos días después de que cinco menores –uno de 13 años y otro discapacitado psíquico– y un joven de 22 años violaran a una niña de la misma edad en Baena (Córdoba) ha abierto el debate sobre la conveniencia o no de reformar la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores que establece que los menores de esa edad no son imputables.

La mayoría de edad penal está en España en los 18 años, aunque la legislación establece que a partir de los 14 se pueden exigir responsabilidades. Únicamente los menores de 14 quedan exentos de esa exigencia de responsabilidad por los delitos que cometen porque el legislador consideró que, cuando las infracciones son cometidas por niños que no alcanzan esa edad, se debe buscar la solución en el ámbito educativo y familiar.

Así lo marca la legislación vigente relativa a menores, recogida en el Código Penal de 1995, y posteriormente en la Ley Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores del año 2000.

El artículo 19 del Código Penal dice que "los menores de 18 años no serán responsables criminalmente", aunque aclara que "cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule la responsabilidad penal del menor".

Es la Ley Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores la que completa la doctrina, al aplicarse "para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales".

La Ley adapta el contenido del Código Penal a la realidad de los menores, con el objetivo de conseguir su reinserción, por lo que no impone "penas", sino "medidas" orientadas a la reeducación.

La legislación gira en torno a la filosofía de reintegrar en la sociedad al menor y, por ello, las medidas de internamiento son excepcionales, ya que se reservan para casos de delitos tipificados como graves por el Código Penal, y se llevan a cabo en centros específicos para menores.

La detención de siete menores en Isla Cristina por la presunta violación de una niña de 13 años no ha sido el único caso que ha despertado algunas voces pidiendo una reforma de la ley que endurezca el tratamiento para los menores que cometen delitos muy graves, y que no son imputables.

La semana pasada seis jóvenes, cinco de ellos menores de edad, fueron detenidos como sospechosos de violar a otra menor de 13 años en la localidad cordobesa de Baena. Dos de ellos fueron puestos en libertad, uno por tener 13 años y otro por ser disminuido psíquico.

Después de estos sucesos, el Partido Popular ya ha anunciado que en septiembre, cuando se inicie el nuevo periodo de sesiones, pedirá en el Parlamento una reforma de la Ley del Menor para "proteger a las víctimas más vulnerables" y para "acotar la impunidad", como ya se recogía en el programa electoral de este partido.

El PP considera que en los casos de especial gravedad la ley debe permitir imputar a menores de 14 años. Una petición que ya se ha planteado ante otros sucesos que han tenido especial relevancia mediática.

Casos como el de Sandra Palo, la joven de 22 años con una minusvalía psíquica, que en 2003 fue violada atropellada y quemada viva por tres menores y un joven de 18 años en Madrid; o, más recientemente en Sevilla, el crimen de la joven Marta del Castillo, desaparecida el pasado mes de enero.

No obstante, si cualquier reforma legal necesita de un debate sereno y sosegado, esa necesidad se convierte en obligación cuando son temas que afectan a menores.

Y, hasta los más partidarios de endurecer el castigo para los delincuentes de menos de 14 años, reconocen que este tipo de reformas deben ser fruto de una reflexión sosegada y no abordarse "en caliente" al hilo de casos puntuales, por mucho que éstos provoquen un masivo rechazo social.

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