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El oro rojo acorrala Doñana

  • La contundente actitud de la Fiscalía deriva ya en tres condenas, con petición de una condena de cárcel, por cambiar el uso del suelo en el entorno del espacio protegido, una práctica muy usual

La tendencia a la reducción de la superficie fresera en cultivo en Huelva, constatada en los últimos años por las grandes organizaciones agrícolas, tiene su contrapunto en una práctica descubierta y detectada por las autoridades medioambientales: los cambios de uso de suelo de forestal y agrícola.

El fenómeno comenzó de forma tímida pero ha pasado a ser una de las principales preocupaciones en instancias jurídicas y administrativas por las consecuencias ambientales que provocan tales modificaciones. De hecho, estos cambios de uso, que se están produciendo tanto en fincas privadas como en montes públicos -las llamadas 'parcelas de canon', normalmente arrendadas por particulares a los ayuntamientos-, se están dando en el cinturón del espacio natural de Doñana, desde Bonares a Lucena, de Moguer a Palos de la Frontera, a lo largo de todo el preparque.

Precisamente esta práctica irregular de numerosos agricultores se desarrolla en municipios afectados por el Plan de Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana (Potad) y ya la Fiscalía de Medio Ambiente ha lanzado la voz de alarma por los importantes y cuantiosos daños que está ocasionando tanto sobre la flora, como sobre otros elementos de uso público que configuran el hábitat natural del lugar. La advertencia es clara: estos cambios de uso del suelo en la zona de influencia del espacio protegido puede incluso perjudicar la supervivencia de especies emblemáticas de la zona.

El fenómeno, relativamente novedoso (al menos desde el punto de vista de su detección) ha tenido en este 2007 una respuesta también novedosa. La Fiscalía está actuando con mano dura y contundencia y, por primera vez, estos agricultores han sido llevados ante un tribunal y condenados por sus irregularidades. Son ya tres las sentencias condenatorias dictadas por la invasión de suelo forestal -a bocados pequeños o grandes superficies- para dedicarlo a plantar fresas (o frambuesas en algún caso).

Hay una única explicación para todos los casos, según la misma Fiscalía de Medio Ambiente: esta agricultura, la de la fresa, mueve mucho dinero y hay agricultores que se dejan tentar por el oro rojo sin más miramientos.

Un denominador común en muchos de estos casos tiene que ver con la respuesta de los acusados, que suelen hacer oídos sordos a los toques de atención que reciben de la administración.

Ante esta situación, la Fiscalía decidió tramitar algunos casos por el delito de desobediencia, dados los reiterados incumplimientos de las órdenes de paralización del cambio de uso del suelo que dictadas por la Administración en los expedientes sancionadores abiertos a los agricultores procesados. El problema es que en estos supuestos, que normalmente no suele controlar el Ministerio Público por no aparecer ninguna referencia a delitos medioambientales, los juzgados tienden a no abrir diligencias previas y a condenar por falta y no por delito, considerando que no hay grave reiteración en el incumplimiento de las ordenes.

Para evitar esta solución, la Fiscalía ha insistido, en las reuniones que ha mantenido con la Administración autonómica y la Unidad Adscrita del Cuerpo Nacional de Policía, en la necesidad de que se hagan varios requerimientos personales al dueño o arrendatario de la finca en la que se detecte la modificación y, en su caso, proceder a la detención y elaboración de atestado para celebrar juicio rápido. De esta forma, se remite la causa directamente al juzgado y se da aviso a la acusación pública para que pueda separarse el delito de desobediencia del posible delito medioambiental.

Esta vía de solución ya ha sido aplicada. Según el fiscal de Medio Ambiente, Alfredo Flores, en ejecución de esta instrucción fue detenido y trasladado al Juzgado de Moguer un individuo que fue condenado en juicio rápido por delito continuado de desobediencia a la pena de 6 meses de prisión.

En la última de las sentencias emitidas, el juzgado consideraba la admisión de ambos delitos. Al agricultor procesado se le condenó por un delito de daños en bien de dominio público y un delito de desobediencia grave a la autoridad, con sendas condenas de un año de prisión y multa de doce meses, con una cuota diaria de 6 euros, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y con 6 meses de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago por el delito de daños. Por el delito de desobediencia, la sentencia estableció una pena de seis meses de prisión.

Además, se establecía el pago de una indemnización a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía para afrontar la regeneración del terreno, por un coste que tiene como punto de referencia el informe pericial que los calcula en 3.762 más 20.150 euros.

Como caso excepcional en las reacciones de los agricultores que se dedican a cambiar el uso de suelo, destaca el de uno de los acusados que sí llegó a cumplir la medida cautelar de paralización que solicitó la acusación pública y fue acordada por el juzgado correspondiente. Y no sólo obedeció la orden sino que además afrontó el inicio de un plan de restauración forestal del lugar. El gesto del agricultor fue tenido en cuenta por la Fiscalía, que en su escrito de acusación incluyó la atenuante de reparación del daño.

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