Incendio forestal

Los tres acusados del fuego de Fuente de la Corcha se enfrentan a 2 años de prisión

  • La Fiscalía les acusa de incendio forestal por imprudencia grave por trabajos de tala

  • El siniestro se produjo en mayo de 2016, arrasó 180 hectáreas y fue declarado el nivel 1

La Fiscalía de Medio Ambiente ha formulado el escrito de acusación contra tres personas, a los que acusa de un delito de incendio forestal por imprudencia grave, por el fuego que se originó en mayo de 2016 en fincas ubicadas en Beas y Trigueros afectando a la pedanía Fuente de la Corcha, que arrasó 180 hectáreas y por el que fue declarado el nivel 1.

Según reza en el escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, por estos hechos, el Ministerio Fiscal solicita dos años de prisión, el pago de una multa de 2.190 euros y de una indemnización conjunta de 137.238 euros a la Junta de Andalucía por los gastos de extinción, de 110.074 euros por daño ambiental y a cada uno de los perjudicados por daños en su finca, con cantidades que oscilan entre los 18.751 euros y los 56.504 euros.

Uno de los acusados era trabajador de una empresa agroforestal y era el encargado en aquellas fechas de solicitar a la Delegación de Medio Ambiente de la Junta los permisos preceptivos para la realización de tareas de corta, astillado y aprovechamiento forestal en las citadas fincas, que la empresa Ence Energía y Celulosa SA posee para el suministro de material a la planta sita en San Juan del Puerto.

Columna de humo desde varios kilómetros de distancia. Columna de humo desde varios kilómetros de distancia.

Columna de humo desde varios kilómetros de distancia. / Josué Correa

El fiscal ha explicado que éste, en ejecución de sus tareas, solicitó el 25 de febrero de 2016 permiso para dicha actividad y subcontrató la ejecución a otra empresa, a sabiendas de que el material empleado por la misma, en concreto las máquinas astilladoras, “habían ocasionado problemas y conatos de incendios en otras ocasiones”. Sin embargo, el Ministerio Fiscal sostiene que éste no exigió a dicha empresa mayores medidas de seguridad ni supervisar directamente los trabajos.

La autorización concedida el 26 de febrero de ese año se extendía hasta el 1 de junio y exigía contactar antes de iniciar el trabajo con un agente de Medio Ambiente y cumplir todos los requisitos y condiciones exigidas por la Ley Forestal 5/1999 y el Decreto 247/2001 del Reglamento Andaluz de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales, especialmente la suspensión de los trabajos cuando las circunstancias climatológicas y el riesgo así lo aconsejaran.

El otro acusado es un trabajador-maquinista de una segunda empresa subcontratada, que se encontraba en la mañana del 3 de mayo en una de esas fincas donde estaba realizando, según lo expuesto anteriormente, tareas de corta, astillado y apilamiento de la masa forestal de eucaliptos usando para ello una máquina astilladora, la cual “ya había generado anteriormente problemas, en concreto conatos de incendios al chocar sus cuchillas con piedras y producir chispas o bien por sobrecalentamiento de la misma por acumulación interna de serrín o virutas”.

El tercer acusado es el encargado de supervisión de los trabajos descritos por parte de la empresa Ence, que se encontraba esa mañana en la citada finca y daba indicaciones al maquinista sobre el trabajo concreto a realizar.

El fiscal ha considerado que, pese a ser consciente del riesgo en usar la máquina, dados los problemas ya señalados y, sobre todo, el viento existente, “no adoptó ninguna adicional medida de precaución, ni ordenó realizar cortafuegos ni apilar el material más lejos del arbolado ni paralizó los trabajos por el viento”.

Falta de diligencia y cuidado

Por todo ello y al no adoptarse medidas adicionales de precaución, no existir agua en cantidad suficiente, ni realizarse cortafuegos y además situarse las pilas de astillas ya cortadas y de cenizas incandescentes a menos de diez metros de arbolado, el fiscal asegura que sobre las 11:30 saltaron chispas de las pilas de astillas cortadas por la máquina o de las cenizas incandescentes de los montones apilados extendiéndose el fuego por el fuerte viento al terreno forestal próximo y en concreto a los eucaliptos, por “la falta de diligencia y cuidado” de los acusados.

El dispositivo del Infoca, que empezó a trabajar a las 11:46 de ese día con utilización de medios terrestres y aéreos, permitió que el incendio fuese apagado definitivamente sobre las 00:00 del día 5, llegando a afectar una extensión aproximada de 171 hectáreas forestales –163 de arbolado y ocho de matorral– y diez de pastizal, valorándose los gastos de extinción en 137.238 euros.

Los hechos ocurrieron en época de peligro medio y en zona de peligro y, dadas las dimensiones del incendio y la proximidad de la aldea Fuente de la Corcha, en Beas, tuvo que declararse de nivel 1 y proceder a planificar el desalojo de dicha población que, finalmente, y al cambiar el viento, solo se llevó a cabo parcialmente sobre las 14:09 del día 3 de mayo.

Por su parte, desde Ence han precisado a Europa Press que la seguridad de las personas y la prevención de incendios son “prioridades absolutas de su gestión”, por lo que desde “el mismo día del lamentable incendio ha colaborado estrechamente con las autoridades ambientales, tanto en la extinción con medios humanos y maquinaria propia como en la investigación y esclarecimiento posterior de los hechos”.

La compañía respeta el proceso judicial abierto y en ese marco ha arbitrado todas las medidas necesarias a su alcance para colaborar en alcanzar un justo resultado.

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