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El Pleno del Ayuntamiento de Nerva insta a la Junta a no autorizar el recrecido del vertedero

  • Tampoco quiere que se autorice la tala de vegetación necesaria para ejecutar las obras de recrecido

Sesión del Pleno del Ayuntamiento de Nerva.

Sesión del Pleno del Ayuntamiento de Nerva. / J. A. Hipólito (Nerva)

El Pleno del Ayuntamiento de Nerva, reunido en sesión extraordinaria y urgente, sin la presencia del PP, acordó con los votos de PSOE y Adelante Nerva IU, la moción conjunta presentada por ambos grupos solicitando la activación de los mecanismos de control ambientales respecto de las obras de recrecido de los vasos de residuos que pretende acometer la empresa gestora del vertedero de residuos tóxicos y peligrosos de Nerva, Diseño de Soluciones Medioambientales (DSM).

El acuerdo contempla instar a la Junta de Andalucía a que “en el ejercicio de sus competencias medioambientales no autorice la realización del recrecido de los vasos de residuos solicitados”, visto que no se ha resuelto aún sobre la última modificación sustancial de la Autorización Ambiental Integrada (AAI) solicitada por la empresa hace dos años.

De igual forma se insta a la Administración regional a la no autorización de tala de vegetación necesaria para la ejecución de las obras de recrecido, solicitando a la Delegación territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca que con carácter previo a dicha tala se informe sobre la misma, visto que la zona de afección tiene el carácter de Bien de Interés Cultural (BIC). También piden que se realicen las tareas de control e inspección con un estudio previo de la volumetría actual de los residuos y se reporte informe al Ayuntamiento de Nerva, así como que se inspeccione la zona de sellado del vaso y se compruebe la idoneidad al proyecto de los materiales que se pretenden utilizar para en el mismo.

A comienzo de marzo, la empresa gestora del vertedero comunicó a la Administración local la intención de reanudar las obras de ejecución del proyecto de recrecido de los vasos de residuos peligrosos conforme al proyecto de obra cuya licencia fue autorizada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Huelva en sentencia ratificada en apelación por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

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