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Expulsado de España por intentar matar a un compatriota en un asentamiento de Lucena del Puerto

  • El condenado asestó un palazo en la cabeza a la víctima, que acabó en la UCI y padece graves secuelas físicas y psíquicas

El Palacio de Justicia de Huelva, donde se llegó a la condena por conformidad.

El Palacio de Justicia de Huelva, donde se llegó a la condena por conformidad. / Alberto Domínguez (Huelva)

Cinco años de expulsión del territorio español por intentar matar de un palazo en la cabeza a otro compatriota en el asentamiento chabolista de Lucena del Puerto. Esa es la condena impuesta por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva a un marroquí, al que sustituye de este modo la pena de cinco años de prisión impuesta por la autoría de un delito de homicidio en grado de tentativa.

Huelva Información ha tenido acceso a la sentencia, a la que se ha llegado con la conformidad de las partes, en la que se da por cierto que los hechos ocurrieron sobre las 15:00 del 11 de junio de 2018. El agresor, marroquí de 27 años y en situación irregular, "se encontró en el asentamiento chabolista Paraje El Gago" de Lucena del Puerto con la víctima, también natural de Marruecos.

"Por motivos desconocidos se inició entre ellos un incidente en el que el acusado, con el ánimo de causar la muerte a su oponente, agarró un palo y golpeó fuertemente a este en la cabeza hasta hacerle caer inconsciente en el suelo", consta en la resolución judicial.

El agredido sufrió un traumatismo craneoencefálico "severo con fractura compleja con hundimiento frontotemporal bilateral y fractura del techo de la órbita derecha". Además, tenía rota la mandíbula y graves hematomas en la cabeza y en el ojo, entre otras lesiones. Tuvo que ser operado e ingresado en la UCI, donde tuvo "soporte respiratorio con ventilación mecánica y oxígeno", estuvo sedado y hubo que hacerle una transfusión de sangre.

Las secuelas físicas y psíquicas de la víctima han sido numerosas y siguen persistiendo, por lo que la Audiencia deja la indemnización para la ejecución de la sentencia, precisando que hay que sumarle un 30% más "por tratarse de lesiones dolosas". El condenado no podrá acercarse a menos de 200 metros del perjudicado ni comunicarse con él en 10 años.

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