Huelva

Absueltos padre e hijo de explotar laboralmente a un compatriota bulgaro

  • No queda acreditado que se llevara a cabo ningún acto de sometimiento personal

Audiencia provincial de Huelva.

Audiencia provincial de Huelva. / Alberto Domínguez (Huelva)

La Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a P.S.A. y A.S.P., padre e hijo y ambos de nacionalidad búlgara, acusados de explotar laboralmente a un compatriota al que convencieron y gestionaron el viaje para venir a España a trabajar en tareas agrícolas en una finca sevillana.

Estas personas, que se enfrentaban a 14 y 13 años de cárcel respectivamente, fueron juzgadas el pasado enero en una vista en la que negaron los hechos, rechazando que alguna vez hubieran ofrecido a otra persona la posibilidad de encontrar trabajo en España.

En la sentencia, dictada el 22 de mayo y a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal considera que la prueba practicada no revela que se esté ante un delito de trata de seres humanos, ya que no se ha acreditado que ninguno de los acusados llevara a cabo ningún acto de sometimiento personal, ni imposición de trabajo o de servicios.

Otra cosa diferente, precisa, son las condiciones del trabajo que según el denunciante desarrollaba, o si los acusados abusaron de la necesidad que tenía en detrimento de sus derechos, algo que no es objeto de este delito centrado en la trata de seres humanos sino más bien del de imposición coactiva de condiciones laborales, el cual tampoco cree aplicable a los hechos.

Y ello, porque en este caso quien ponía las condiciones, la cantidad a abonar por cada caja recogida y pagaba el salario era la empresa explotadora de la finca, terceros sin relación con los acusados.

La sentencia considera probado que en el mes de agosto de 2018 distintos ciudadanos búlgaros viajaron a España a fin de trabajar en tareas agrícolas, entre ellos S.T. tras ofrecerle dicha posibilidad una persona llamada Rumen, desplazándose hasta Huelva, residiendo junto con otros de los desplazados en una vivienda sita en la calle Geranio de la capital onubense.

En septiembre de 2018 varias de las personas que habían llegado a España un mes antes comenzaron a trabajar en una finca sita en Bollullos de la Mitación (Sevilla), en la recogida de aceitunas para una entidad empleadora.

El trayecto de ida y vuelta desde Huelva a la finca lo hacían en una furgoneta conducida por el acusado P.S.A. quien con anterioridad había trabajado en la misma pero en esas fechas no podía por haber sufrido un accidente, y de esta manera obtenía unos beneficios por este servicio que prestaba.

En algunas ocasiones los traslados los hacía hijo, el también acusado A.S.P. No consta que S.T. haya trabajado en la finca sevillana.

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