La tribuna

Bernardo Periñán Gómez

Una educación jurídica para Europa

LA Universidad española está viviendo un intenso proceso de transformación en los últimos años. Desde el punto de vista institucional, las Universidades públicas y privadas han visto actualizado su marco normativo por dos veces en muy poco tiempo, lo que se debió a la Ley Orgánica de Universidades, de 2001, y su reforma, de 2007. Ello ha dado como resultado una cierta modernización de las estructuras universitarias y la redefinición de la carrera docente, aunque nunca llueve a gusto de todos.

Pero no quedan ahí los cambios. En este tiempo de transición tiene hoy especial relevancia la Declaración de Bolonia de 1999, un instrumento internacional de ámbito europeo que persigue homogeneizar los estudios jurídicos en toda Europa para facilitar la movilidad de estudiantes y, con ella, colaborar en el proceso de construcción europea. La de Bolonia podría haber sido una de tantas declaraciones programáticas y probablemente lo será en parte de los países firmantes, pero en España se ha visto como la oportunidad para renovar la Universidad. Incluso se ha fijado una fecha, el año 2010, para la adaptación de los estudios a nuevos parámetros que son recogidos en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

En cuanto a la enseñanza concreta del Derecho, la necesidad de renovación es más que patente, y ello por un conjunto de razones.

En primer lugar, porque la oferta académica ha de adaptarse a la realidad de la profesión de abogado, toda vez que el título universitario no bastará a los licenciados para acceder a la más recurrente de las salidas profesionales de la carrera de Derecho. Por ello, aunque nuestras Facultades nunca han sido escuelas de abogados, la perspectiva de los estudios de Licenciatura -ahora llamados de Grado- ha de contemplar la abogacía como una salida más, para la que los estudiantes podrán formarse en la Universidad, pero en el ámbito de específicos programas de Postgrado.

En segundo lugar, el ámbito en el que están llamados a integrarse los graduados y postgraduados en Derecho dista mucho de ser el que era hace unos años, pues la entrada de España en la Unión Europea abre un mercado de trabajo que se extiende internacionalmente. Si nuestras Facultades no se adaptan a esta demanda, serán otros profesionales comunitarios, y no los españoles, quienes se encarguen de la gestión de los asuntos jurídicos que exijan el conocimiento del Derecho y el idioma extranjero.

Por su parte, el Real Decreto 1393/2007 ha puesto las cartas del Gobierno sobre la mesa: cada Universidad podrá hacer los Planes de Estudio que considere convenientes, salvo en determinados estudios para los que se darán las oportunas directrices generales. Salvo sorpresa, y a pesar de los rumores sobre la posibilidad de se evacuen dichas directrices, entre esos estudios que pueden ser diseñados por cada Universidad a su libre albedrío, prácticamente, están los de Derecho.

En este orden de cosas, sería lógico que cada Facultad aprovechase esta oportunidad para buscar su propia personalidad, incluso la razón de su existencia, en el diseño del Grado y, cómo no, del Postgrado. Es obvio que ningún centro podrá aspirar a ofrecer todo lo que el mundo jurídico demanda de la Universidad, por muchos que sean sus medios personales y materiales. No se trata pues de pensar sólo en los abogados -que en un futuro serán menos y mejores-, sino en tantos otros operadores jurídicos que esperan de la Universidad una respuesta a sus necesidades.

¿Qué panorama se abre, entonces, para nuestras Facultades de Derecho? En cuanto a contenidos, nuestro horizonte ha de venir marcado por la dimensión científica y práctica del Derecho vigente, pues a ese ámbito profesional se van a dirigir nuestros graduados. Este terreno hoy día, por otra parte, no se restringe al Derecho nacional y llega, desde luego, al Derecho de los países con los que compartimos una serie de intereses sociales, económicos y culturales, es decir, al mundo occidental.

En este sentido, merece la pena aclarar que existen no pocos mecanismos abiertos para posibilitar la inevitable comunicación jurídica con los países de la Unión Europea, un mercado único de bienes y servicios en el que la lingua franca es el inglés y el Derecho tiene dos grandes influencias: el Derecho Romano, en cuanto a la concepción del Derecho mismo y a su técnica, y los Derechos Humanos, por lo que toca a la definición concreta de la posición del individuo en la comunidad ciudadana.

MÁS ARTÍCULOS DE OPINIÓN Ir a la sección Opinión »

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios