Se van despejando las incógnitas sobre el Ingreso Mínimo Vital (IMV) garantizado a los hogares, aunque todavía quedan algunas y las que surgirán después de empezar a funcionar. Es, junto a la sanidad y la educación, la esencia del Estado del bienestar y, por lo tanto, debería haber sido el resultado de una decisión política consciente sobre el problema de la pobreza estructural en España, en lugar de una reacción urgente ante la dimensión excepcional de la crisis social del Covid-19.

Desgraciadamente, no hay opción. Antes del coronavirus (el último dato es de 2018), el 21,5% de la población española se encontraba amenazada por la pobreza y el 32% de la andaluza, mientras que al finalizar el pasado trimestre había más de un millón de hogares con todos sus miembros en paro en España y cerca de trescientos mil en Andalucía. Las cifras han debido empeorar con el confinamiento y continuarán siendo demoledoras durante algún tiempo, así que a estas alturas sólo cabe lamentar la demora de su entrada en funcionamiento, aunque los debates sobre el tema permanecerán todavía abiertos durante algún tiempo. Apuntemos algunos de ellos.

Quizá el de mayor trascendencia política sea la naturaleza del propio modelo de bienestar. La transferencia de rentas para que cada cual pueda satisfacer sus necesidades básicas según sus preferencias personales supone una opción alternativa a la prestación de servicios públicos básicos. Dicho de otra forma, parece razonable que la cuantía del mínimo vital estimado para cada persona u hogar dependa de la oferta de servicios públicos gratuito a su alcance. En el caso de España, con sanidad y educación universal y gratuita, las implicaciones económicas serían especialmente importantes.

Señalemos en segundo lugar a la gestión del instrumento, que finalmente conservará el Gobierno dentro del entramado administrativo de laSseguridad Social, pero en coordinación con las comunidades autónomas. La pretensión inicial de evitarlas dejó entrever la posibilidad de que el instrumento naciese adulterado por los intereses políticos en conflicto. La rectificación es oportuna y necesaria, puesto que a las comunidades autónomas corresponde el grueso de las competencias en materia de políticas sociales y gestionan otras ayudas similares que deberán coordinarse con el IMV. También porque las compensaciones que presumiblemente se exigirán a los perceptores (atención a demandas de trabajo o formación) han de encajar en el contexto de sus políticas de empleo.

Precisamente, uno de los debates más apasionados se plantea en torno a la posibilidad de que el IMV desincentive la búsqueda activa de empleo. El temor es que, si el ingreso garantizado eleva el salario reserva, también aumentará la resistencia a la aceptación de trabajos no deseados. Será difícil conciliar las diferencias en torno a esta cuestión, pero la evidencia empírica parece negar que el IMV lleve a sus perceptores a frenar la búsqueda de empleo. La experiencia de la Renta de Garantía de Ingresos en el País Vasco y otras similares en Europa (se puede ver en Nada es Gratis) así lo indican, siempre que el instrumento se defina adecuadamente y se gestione con rigor.

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