Sentencias

Una juez devuelve la licencia a un comerciante denunciado por insultos

  • El conflicto surgió por la acusación de venta de bebidas en un local del mercado de Triana

Un puesto del mercado de Triana.

Un puesto del mercado de Triana. / José Ángel García

Una juez ha devuelto la licencia a un comerciante del mercado de Triana al que el Ayuntamiento sancionó el 20 de julio de 2017 con la retirada definitiva de la misma por supuestos actos de “acoso, insultos y amenazas” a los titulares de otros puestos, al considerar la sentencia que “no existe prueba de cargo que haya desvirtuado la presunción de inocencia” del comerciante sancionado.

El Ayuntamiento había valorado, a la hora de dictar la sanción, “las frecuentes conductas de agresividad y violencia entre comerciantes que se están produciendo en el mercado de abastos de Triana, con el consiguiente deterioro para la imagen del mismo, y para la actividad y el servicio público que éste desempeña; teniendo en cuenta la continuidad o persistencia de la conducta infractora en hecho semejantes” en los que se había visto involucrado el comerciante sancionado.

El servicio de consumo de la dirección general de Economía y Comercio del Ayuntamiento recordaba en la resolución sancionadora que el principio de proporcionalidad exige una adecuación entre la sanción y a imponer, las circunstancias de los hechos y las de los infractores, de forma que “no puede perderse de vista la imposición de una sanción en su más alto grado, para proteger la buena gestión y funcionamiento del servicio público del mercado, para lo cual es esencial que los comerciantes ejerzan su actividad de forma pacífica y civilizada”.

El conflicto se remonta al 18 de septiembre de 2016 y se había producido porque supuestamente el comerciante sancionado había grabado a los clientes de otro establecimiento del mercado porque entendía que en el mismo no podían servirse copas, lo que había generado incluso amenazas e insultos a los trabajadores de ese negocio. La Policía Local constató que ese negocio sí estaba habilitado para la venta de combinados y bebidas alcohólicas.

El dueño de ese local había incluso presentado una denuncia en el servicio de consumo, en la que relataba como incluso varios clientes famosos, un cantante y un torero, habían sido objeto de gritos e insultos en relación con el conflicto que tenían los responsables de ambos puestos a propósito de la posibilidad de dispensar o no las bebidas alcohólicas, lo que motivó incluso una denuncia en los juzgados que posteriormente fue retirada.

El comerciante sancionado por el Ayuntamiento con la retirada de la licencia recurrió la decisión municipal y ahora la juez de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Sevilla, Josefa Nieto, le ha dado la razón y ha anulado la resolución al estimar que no existe prueba de cargo.

Dice la juez que “no puede obviarse que, sin perjuicio de la conducta que haya podido tener el recurrente con anterioridad y aún con posterioridad a los hechos en virtud de los cuales se incoa el expediente, lo que la Administración tiene que acreditar es que efectivamente el 18 de septiembre de 2016, el recurrente, o sus familiares o empleados realizó los hechos en virtud de los cuales se le sanciona”.

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