Sentencias

Condenada a 15 años por torturar y asesinar a su camello en Los Pajaritos

  • La acusada, que reconoció en el juicio el crimen, prendió fuego al cadáver para evitar que fuera descubierto

La acusada durante el juicio

La acusada durante el juicio / Juan Carlos Vázquez

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 15 años de cárcel a María Elena García López por torturar y asesinar en septiembre de 2016 a su camello en el antiguo bar Los Gallos de Los Pajaritos, tras lo cual prendió fuego al cadáver “para evitar que fuera descubierto” por parte de otras personas que frecuentaban el lugar donde tuvieron lugar los hechos, afectando las llamas tanto al inmueble donde se ubicaba un supermercado como a una vivienda aledaña.

Tras el veredicto de culpabilidad emitido el pasado día 19 de junio por un jurado popular, la Audiencia ha condenado ahora a la acusada a doce años y seis meses de prisión por un delito de asesinato y a dos años y medio de cárcel por un delito de incendio, en ambos casos con las circunstancias atenuantes de drogadicción y confesión tardía.

Además, la Audiencia condena a la encausada al pago de una indemnización total de 90.000 euros a los tres hermanos de la víctima, mientras que también deberá indemnizar con 7.899 euros a los dueños del supermercado afectado y con 240,60 euros al propietario de la vivienda igualmente afectada por las llamas.

El jurado consideró probado que los hechos tuvieron lugar entre los días 21 y 23 de septiembre de 2016, cuando la inculpada coincidió en una avenida de Sevilla con la víctima, con quien “mantenía ciertas desavenencias relacionadas con el consumo de sustancias tóxicas a las que ambos eran adictos” y a quien “convenció” para que le acompañara a un local abandonado.

 

La acusada tenía el "deliberado propósito" de acabar con la vida del hombre

Una vez allí, “y con el deliberado propósito de causarle la muerte”, la acusada agredió al fallecido “de diversas formas, causándole menoscabos físicos que, efectivamente, acabaron provocando su fallecimiento, el cual se produjo instantes después de haberle pisado con gran violencia el cuello, descargando todo su peso sobre él”.
Según el jurado, la acusada “quiso asegurarse” que la víctima “no pudiera defenderse frente a su agresión”, por lo que, ya en el local y “simulando que era un juego”, consiguió que el hombre se sentara en una silla situada en el patio, “lo que aprovechó para atarlo y maniatarlo de brazos y piernas, quedando así privado de toda defensa”.
La sentencia recoge que la encausada “no sólo quería causarle la muerte, sino también aumentarle innecesariamente el sufrimiento previo a ese desenlace”, para lo que “le colocó una especie de mordaza con varios trapos en la boca, le propinó diversos golpes con los puños y le clavó hasta siete veces un cuchillo”, mientras que también le golpeó con un martillo y unos alicates “con gran violencia” en el rostro, tras lo que “le introdujo en la boca varias pastillas de haloperidol, así como agua oxigenada (o tinte del pelo) y Betadine, y procedió así mismo, con una jeringuilla que encontró allí, a inyectarle aire y haloperidol”.
El día 25 de septiembre, y “para evitar que el cuerpo fuera descubierto por algún toxicómano de los que frecuentaban el lugar ante el fuerte olor que desprendía”, la acusada decidió quemar el cadáver, propagándose el fuego “rápidamente” por todo el local “con grandes llamaradas y humareda”, lo que obligó a desalojar una vivienda situada en el piso superior y afectó a un supermercado colindante.
El jurado también consideró probado que, en el momento de ocurrir los hechos, la acusada era adicta a sustancias psicotrópicas, heroína y cocaína, lo cual mermaba en parte sus facultades volitivas. Asimismo, y desde su primera declaración como investigada en sede policial, la acusada reconoció haber causado la muerte del fallecido en el modo descrito y haber provocado un incendio en el local donde se encontraba el cadáver para ocultar la acción anterior, “contribuyendo de este modo de forma importante al desenlace de la investigación”.
El magistrado-presidente del juicio considera que los hechos que el jurado declaró probados son constitutivos de un delito de incendio y de un delito de asesinato, ya que la acusada “simuló ante su víctima la realización de un juego que le permitió maniatarlo de pies y manos a una silla, e incluso silenciarlo con una mordaza, evitando así cualquier riesgo para ella que pudiera proceder de una eventual defensa” de la víctima, “y acto seguido la agredió de muy diversas maneras, causándole heridas que no eran por sí mortales y que tenían por todo fin provocarle un sufrimiento y un dolor que sin duda puede tildarse de elevado e inhumano, innecesario desde luego para causarle la muerte”.
En el juicio, la acusada confesó el crimen. "Quería darle un escarmiento. Me volví loca y no sabía lo que hacía", reconoció la mujer, que también habló sobre sus problemas. "Soy consciente de que padezco trastornos y descontrol de impulsos", explicó, al tiempo que añadió que tras los múltiples golpes y puñaladas a la víctima "le metió en la boca trankimazil para dormirlo y que no sufriera".

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