Huelva

Más de 1.100 niños han sido inscritos en el Registro a través del hospital

  • Uno de cada tres progenitores elige esta vía telemática

  • El Juan Ramón es uno de los primeros centros en ofrecer esta opción

Un padre procede a la inscripción de su hijo en el Registro Civil, en el Juan Ramón Jiménez.

Un padre procede a la inscripción de su hijo en el Registro Civil, en el Juan Ramón Jiménez. / h. información

El Hospital Juan Ramón Jiménez ha tramitado un total de 1.126 inscripciones de nacimientos vía telemática con el Registro Civil el pasado año, una opción por la que optó uno de cada tres progenitores de los recién nacidos en este centro hospitalario por la mayor rapidez y comodidad que les supone presentar toda la documentación necesaria en las dependencias hospitalarias, evitando el desplazamiento a las oficinas de los registros habilitadas con este fin.

Las comunicaciones presentadas al Registro Civil desde el centro hospitalario corresponden a 36 localidades diferentes, la mayoría de ciudadanos de Huelva capital, con un total de 727, que suponen el 65% de todas ellas. Aunque a distancia, le siguen las localidades de Aljaraque (45), Almonte (32), Lepe (32), Cartaya (31), Ayamonte (30) y Moguer (27), distribuyéndose el resto entre otras 29 localidades más.

La inscripción ha de realizarse durante las 72 primeras horas de vida del bebé

Desde la implantación de esta iniciativa en el Hospital Juan Ramón Jiménez en octubre de 2015, más de 2.600 ciudadanos se han beneficiado hasta el momento actual de este procedimiento realizado en el centro a modo de ventanilla única para la inscripción de los recién nacidos. Se trata de uno de los primeros hospitales a nivel nacional incorporado en este proyecto que facilita la tramitación a la ciudadanía, enmarcado en la ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.

Para poder registrar a su hijo en el Hospital Juan Ramón Jiménez, los padres deben solicitarlo en un plazo máximo de 72 horas desde el nacimiento del bebé. Este dato es importante tenerlo en cuenta, ya que una vez superado el tiempo indicado la ley no permite que se realice en los centros hospitalarios y los progenitores tendrán que desplazarse a las oficinas del Registro Civil para hacerlo de manera presencial.

Los progenitores pueden utilizar de forma voluntaria este sistema de comunicación electrónica a través del centro sanitario, o bien si lo desean pueden tramitar su solicitud presencialmente en la forma y plazos habituales.

Si deciden registrarlo desde el hospital, los padres deben acudir a la secretaría de Pediatría del Hospital Juan Ramón Jiménez, ubicada junto al área de Maternidad. En estas dependencias presentarán el documento oficial acreditativo del nacimiento, con la firma del médico que asista el parto, el DNI o NIE original de ambos progenitores y, si están casados, el Libro de Familia o certificado de matrimonio.

El personal administrativo escanea estos documentos y los adjunta al formulario oficial de la inscripción, que debe incluir la rúbrica de los progenitores, tramitándolo vía telemática a través de un programa interconectado con el Registro Civil.

En los días siguientes, una vez finalizado todo el proceso telemático, los padres reciben el certificado literal de nacimiento por correo ordinario o correo electrónico, pudiendo imprimirlo y añadirlo al Libro de Familia si ya cuentan con él. Si no disponen del Libro de Familia, basta con que tengan este certificado.

Aunque el servicio se ofrece para todos los usuarios, de acuerdo a la ley existe una serie de excepciones en las que los hospitales públicos no pueden llevarlo a cabo, como son la superación del plazo de las 72 horas desde el nacimiento, mencionado anteriormente, cuando la madre renuncia a la maternidad, cuando la declaración sea contraria a la presunción de paternidad, si alguno de los progenitores es menor de edad, que se dé la situación que el padre y la madre sean extranjeros de distinta nacionalidad y, en el caso que deseen inscribirse como progenitores dos mujeres, deben estar casadas legalmente para que el centro la pueda tramitar. En estos casos, es necesario seguir el procedimiento presencial.

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