Huelva

La mujer maltratada gana la batalla judicial a la Junta y recupera a su hijo

  • El juez ordena la reintegración del menor con su madre al desaparecer los riesgos para el niño

Sede judicial del Juzgado de Familia de Huelva, en la Alameda Sundheim.

Sede judicial del Juzgado de Familia de Huelva, en la Alameda Sundheim. / Josué Correa (Huelva)

La mujer nervense víctima de la violencia machista a la que le retiraron su hijo en 2017 ha ganado la batalla judicial a la Junta de Andalucía. El titular del Juzgado de Familia de Huelva, Nicomedes Rodríguez, ha resuelto que el menor "no se encuentra en situación de desamparo y que se debe proceder a la reunificación familiar", otorgando la guardia y custodia a la perjudicada.

La mujer fue víctima de malos tratos físicos y psíquicos constantes por parte de su pareja, pero concretamente el 25 de octubre de 2016 el padre del crío "la empujó por los hombros contra la pared, empleando los puños, y la agarró fuertemente por el cuello". En los Servicios Sociales de Nerva detectaron las lesiones y la acompañaron al médico. Ella se negaba a denunciar. Se activaron los protocolos y se trasladó a madre e hijo a una casa de acogida. Pero a los cinco días regresaron a la vivienda familiar. La perjudicada manifestaba su "temor" a que su maltratador se llevara al chiquillo a su país de origen.

Como evidencia el magistrado en la sentencia, a la que ha accedido en primicia Huelva Información, los Servicios Sociales emitieron un informe en el que se indicaba que "los progenitores ejercían maltrato infantil por abandono o negligencia", y otro al mes siguiente de la agresión aflorada en el que detallaban que "la madre muestra un perfil muy ansioso y síntomas de estrés, con baja autoestima, una delgadez preocupante y labilidad emocional". El juez de Familia recalca que todo debe enmarcarse "en el contexto de la víctima", quien sufría episodios de violencia machista.

Y esto, observa, "no se acomoda a la situación" de la mujer, especialmente cuando otro informe del 27 de enero de 2017 señalaba que ella había "llegado a reconocer" que el pequeño "era su escudo frente a los malos tratos de su marido, interfiriendo gravemente en la escolaridad y en su proceso madurativo", con trastornos del sueño y la alimentación.

La situación personal y socioeconómica de la víctima “ha cambiado sustancialmente”

En virtud de estos informes se adoptó la medida cautelar de situación provisional de desamparo al inicio de 2017. Pero las cosas han variado mucho desde entonces.

Destaca el titular del Juzgado de Familia que "la situación socioeconómica y personal de la víctima ha cambiado sustancialmente". La perjudicada acreditó en el juicio su estabilidad laboral, aportó fotografías y el contrato de arrendamiento de la vivienda que habita actualmente y narró su mejoría de la depresión sufrida, aunque sigue padeciendo ansiedad por "no tener a su hijo con ella".

Nicomedes Rodríguez ya señala en la página 5 de la sentencia que en el juicio quedó demostrada "la superación y/o eliminación de algunos de los factores de riesgo que determinaron la declaración de desamparo, mientras que otros están en vías de solución".

La Administración autonómica, en su informe del Plan de Apoyo, subraya "la existencia de un ambiente familiar biológico invalidante que se hace presente en cada visita, que le lleva a la disociación durante las mismas y las características de vulnerabilidad emocional, el menor puede llegar a presentar problemas".

El juzgador dice al respecto que no tiene "el convencimiento ni la base para considerar que la familiar biológica pudiera ser perjudicial para el mismo, y menos con la afirmaciones del informe", con futuribles que quedan lejos de lo que el magistrado ve: "Una madre que lucha por mejorar, con la ilusión de tener a su hijo, partiendo de una línea de salida difícil y complicada, con una relación tóxica la cual ha superado, y con una estabilidad emocional y personal" que debe, afirma, "ser valorada positivamente".

El juez hace referencia en la resolución judicial que el Equipo de Intervención Familiar criticó en la vista oral la "necesidad" de la mujer de "tener pareja, aludiendo a dos en concreto, concluyendo que estas afectaban a su hijo". A este respecto, resalta que "no se especifica el alcance ni el porqué fueron o serían perjudiciales, indicando que una de ellas era de control, sin prueba alguna". Pero además da un tirón de orejas al equipo al indicar que "estas relaciones de la perjudicada han sido monitorizadas", pudiendo vulnerarse "su dignidad y su derecho al honor y a la intimidad personal y familiar".

En paralelo, el juez entiende que se ha acreditado su "desvinculación total del padre" al tiempo que la víctima es "la única que ha mostrado interés en todo momento por la recuperación de su hijo", que ahora tiene siete años, lo que hace decaer "todos los factores de riesgo relacionados con el padre". Contempla también que ella cuenta con el apoyo de su madre y de su hija mayor de edad.

Sobre la intención de la Junta de Andalucía de mantener el desamparo y acabar dando al pequeño en adopción señala Rodríguez que "desarraigar a un menor en tales circunstancias contravendría el espíritu de la norma", donde debe prevalecer el interés del niño.

Por todo, el juez de Familia ordena "la inmediata reintegración del menor con su madre biológica", algo que celebra el abogado de la mujer, Manuel Felipe Garoña, quien indicó ayer a este diario que "sentimos satisfacción, aunque es agridulce por los casi dos años que ha durado el proceso, tratándose de un asunto urgente".

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