El juicio por el homicidio en un salón de juegos de Huelva en 2019 se repetirá en diciembre

El Tribunal Supremo anuló la sentencia de un año de cárcel por homicidio imprudente y ordena un nuevo juicio ante jurado con distinta composición y nuevo magistrado

Una de las últimas capturas previas a la agresión en la ruleta del salón de juegos. / M. G.

El juicio por el homicidio en un salón de juegos en Huelva en 2019 se repetirá en dos meses. Fuentes del TSJA confirman a este periódico que la repetición del juicio está señalada para el 15 de diciembre -y las jornadas posteriores necesarias para su finalización- en la sala tercera de la Audiencia Provincial y será ante jurado.

Cabe recordar que a finales de 2024 el Tribunal Supremo ordenó repertir este juicio en el que se condenó a un año de cárcel a C.J.M por matar a un conocido, de 39 años, de dos puñaladas que le asestó en una discusión entre ambos en un salón de juegos de la capital onubense en abril de 2019.

En una sentencia, el alto tribunal admitía el recurso de casación que interpuso la acusación particular que ejerce la madre del fallecido contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmaba la de la Audiencia de Huelva que imponía dicha pena basándose en el veredicto del jurado que juzgó al acusado a finales del noviembre de 2022 y lo consideró culpable de un delito de homicidio imprudente con las eximentes incompletas de legítima defensa y miedo insuperable. El Supremo entendía que existe, en este caso, infracción en la redacción del objeto de veredicto y falta de motivación del jurado en cuanto a la no intencionalidad de causar la muerte por parte del acusado, por el único real motivo de falta de grabación de lo ocurrido detrás de una columna.

Consideraba, por tanto, que se trata de una infracción procesal que genera "indefensión" al mismo tiempo que ocasiona ineludiblemente la lesión al derecho fundamental de defensa consagrado en la Constitución.

El Supremo entendía que se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva desde la perspectiva del deber de motivación de las resoluciones judiciales cuando el razonamiento que funda dicha resolución resulte arbitrario, irrazonable o incurso en error patente. Por tanto, estimaba el recurso anulaba la sentencia recurrida, acordando la celebración de un nuevo juicio con distinta composición del jurado y nuevo magistrado-presidente.

La sentencia anulada consideraba probado que la noche del 10 de abril de 2019 en un salón de juegos de Huelva, cuando la víctima supo que el acusado estaba jugando en la mesa de la ruleta y se acercó propinándole varios manotazos por la espalda.

En ese momento, comenzó un forcejeo entre ambos, en el que se desplazaron alrededor de la mesa de la ruleta hasta colocarse detrás de una columna y "sin intención de causarle la muerte ni previendo dicho resultado mortal", el acusado dirigió un arma blanca al cuerpo del otro hombre y se la clavó a la altura de la zona lumbar.

A continuación, el encausado abandonó el local "rápidamente" y dejó allí al agredido aún con vida, que fue trasladado por sus amigos allí presentes en un vehículo particular a un centro hospitalario donde falleció poco después.

Según la sentencia, durante el forcejeo, el condenado experimentó un estado de temor y miedo que, "aunque no fuera insuperable, disminuyó notablemente su voluntad o capacidad de elección sin llegar a anularla, lo que le llevó a apuñalarlo en dos ocasiones, causándole las heridas que le produjeron la muerte".

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Días de Cómics

La ficción noir

Lo último

Mapa de Músicas | Mario Pérez. Violinista

Buscando a Felipe Libón

El hombre de Tempul-Los gitanos | Crítica

Un nuevo estilo jondo