Huelva

La compraventa de VPO se reduce más de la mitad

  • Una nueva normativa regula la selección de adjudicatarios de viviendas protegidas

La compraventa de vivienda protegida en Huelva en junio de este año (29 transmisiones) dista y mucho de las transacción que se llevaron a cabo en el mismo mes de 2008 sobre las VPO, 61, con lo que puede hablarse de una caída del 52,5% en un plazo de tan sólo doce meses. No es de extrañar esta situación en un año en el que muchos de los afortunados en los últimos sorteos han renunciado a su adquisición por su elevado precio, unas cifras que se venían asemejando a las de cualquier inmueble libre a las que la gran mayoría de los bolsillos no puede hacer frente.

Enmedio de todo esto, la Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa Al-Andalus informó sobre la entrada en vigor en el mes de julio de la nueva normativa por la que se regula la selección de los adjudicatarios de VPO a través de los registros municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas en las provincias andaluzas, una normativa a la que deben adaptarse todos los registros antes de diciembre de 2009.

Para ser adjudicatario de una vivienda sobre la que pese protección oficial, aseguró Al-Andalus, será necesario estar inscrito del en Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegistas y cumplir los requisots legalmente establecidos para ser destinatario de las mismas. Así, cada ayuntamiento pondrá en funcionamiento su propio registro, cuyas bases deben ser comunicadas a la Dirección General de Vivienda y Arquitectura de la Junta de Andalucía, que posteriormente deberá emitir un informe sobre éstas.

Para estar inscrito en el registro, el interesado debe presentar una solicitud que deberá presentar en el ayuntamiento donde tenga su residencia administrativa o en el que tenga intención de vivir. La petición se podrá formular de forma presencial, por teléfono o a través de Internet. Junto a los datos socioeconómicos, los demandantes podrán incorporar también información sobre el régimen de preferenca de vivienda (alquiler o venta) y sobre las características que requiere, como por ejemplo, de superficie en el caso de familias numerosas o adaptada a las necesidades de personas con movilidad reducida. La inscripción en este registro tendrá una duración de tres años, por lo que en los tres meses anteriores a la finalización de este periodo el interesado podrá solicitar su renovación.

La adjudicación de VPO se realizará a demandantes inscritos en el Registro Municipal que cumplan con los requisitos establecidos y los cupos previstos. Además, el orden de adjudicación se realizará por baremación de las solicitudes conforme a criterios que se establezcan en las bases de constitución del registro y que deben justificarse en relación con los objetivos de los planes municipales, autonómico y estatales de vivienda; por sorteo, o por orden de antigüedad en el registro. Habrá excepciones, por supuestos, como las adjudicaciones que tengan por objeto el realojo permanente o transitorio motivado por actuacines urbanísticas de rehabilitación o renovación urbana, los alojamientos protegidos destinados a colectivos específicos en los que se justifique que se trata de residencia temporal, y la adjudicación de viviendas a unidades familiares en riesgo de exclusión social cuando se justifique su carácter de urgencia.

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