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El SAS establece una espera máxima de 48 horas para las consultas telefónicas

  • La Atención Primaria onubense prioriza este tipo de citas para evitar desplazamientos ante los riesgos de contagio

Recogida de muestras para una PCR en un centro de salud.

Recogida de muestras para una PCR en un centro de salud. / H.I. (huelva)

Los centros de salud tienen previsto que las citas o consultas telefónicas no tengan una demora mayor de 48 horas. Las consultas realizadas por teléfono son una de las novedades que ha traído la asistencia sanitaria a través de la Atención Primaria, con motivo de la entrada en vigor del estado de alarma. Desde el Distrito Sanitario Huelva-Costa y Condado-Campiña se explicó que la configuración de las consultas telefónicas se está aplicando y que se mantendrá durante un tiempo aún indeterminado si bien es más que probable pensar que han llegado para quedarse.

Una de las premisas más importantes es la de intentar no rebasar la demora de 48 horas para atender a los usuarios. Es sabido que ésta es una de las asignaturas pendientes de la Atención Primaria en la que las consultas para el médico de familia tienen un retraso de varios días e incluso superan la semana. La única manera de evitarlo ir al centro de salud a coger número antes de las 8:00.

El distrito sanitario señala que la configuracion de la actividad de los centros de salud se encamina hacia una “nueva normalidad” de manera que es más que posible que algunas de las cosas que se han implantado como consecuencia de la pandemia del Covid-19, sigan en el futuro.

Respecto a la consulta telefónica, la reducción de ese tiempo de respuesta asistencial puede ser un atractivo dado el problema ya mencionado. Pero la actividad de los médicos no se va a ceñir a los consultas telefónicas.

La nueva normalidad de la Atención Primaria comprende dos tipos distintos de consultas de Medicina de Familia. Según se explica desde el distrito, otra de las cosas que se quiere pretender con las consultas telefónicas es que tengan una duración de 10 minutos, lo que contrasta con las presenciales habituales que oscilan entre 5 y 6 minutos. De todos modos, no deja de ser un objetivo que se cumple en algunos centros de salud.

El distrito sanitario ha enviado unas directrices en las que se indica que las agendas médicas deben quedar preferiblemente configuradas con un tramo de 5 a 10 citas presenciales de 8 a 10 minutos, todas ellas reservadas para el profesional, y de 20 a 25 citas telefónicas de 5 a 7 minutos abiertas a la gestión de Salud Responde. De ellas al menos quedan 5 reservadas para el profesional. Debe intentarse que la agenda telefónica coincida aproximadamente con la hora real de llamada al usuario.

Esa es la configuración que se está estableciendo aunque en la práctica siempre hay variaciones. De este modo, aquellos centros de salud que presenten menos demoras podrán generar citas telefónicas y presenciales más largas. De este modo, y en líneas generales, se esta dando 10 minutos por paciente en la consulta presencial y otros 10 en la telefónica en algunos centros.

El distrito sanitario es consciente de que se ha abierto una nueva dinámica de trabajo que rompe con años de un mismo estilo de funcionamiento y esto no es fácil para muchos usuarios, sobre todo teniendo en cuenta que la inmensa mayoría de ellos son personas de avanzada edad. Hay que considerar sin embargo, tal y como se subraya desde el SAS, que “el acceso a los centros de salud no puede ser como antes. Solo para urgencias de verdad, o es un acceso que se lleve a cabo previa cita telefonica con el médico o enfermero que confirme que verdaderamente es necesaria la cita presencial. Si la consulta puede resolverse telefónicamente mejor para todos”.

Una de las razones que se esgrime desde el distrito es que “la probabilidad de contagio de pacientes y profesionales sigue siendo alta en los centros sanitarios”. Lo que el distrito entiende como citas reservadas para el profesional, son aquellas a las que solo tiene acceso el profesional y que antes se conocían como programadas. Esto quiere decir que los profesionales sanitarios se reservan un margen de actuación. En otras palabras, son tanto citas telefónicas como presenciales que solo puede asignarlas el profesional sanitario. Puede darse el caso de que tras hablar con un paciente, el profesional puede llegar a la conclusión de que esa consulta debe tener un carácter presencia. Es el propio profesional el encargado de concertarla. Igual puede ocurrir, si el médico o enfermero entiende que el usuario necesita una revisión telefónica.

Otra circunstancia que puede darse es que el paciente haga acto de presencia en el mismo centro de salud pero no tiene carácter urgente su caso. Esa es otra razón por la que se le puede adjudicar una de esas citas. Hay que tener presente que el hecho de desplazarse hasta el mostrador para pedir cita presencial, no le asegura al usuario su concesión.

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