Policía Nacional de Huelva

La Fiscalía de Huelva impugna la apelación del SUP y Medel por acosar al inspector

  • Jiménez Soria, que pidió el archivo de la causa en la instrucción, defiende ahora la legalidad y el rigor de la sentencia condenatoria

De pie, el inspector Emilio Fernández cuando dirigía el SAF de la Policía Nacional.

De pie, el inspector Emilio Fernández cuando dirigía el SAF de la Policía Nacional. / Alberto Domínguez (Huelva)

La Fiscalía de Huelva ha solicitado a la Audiencia Provincial la desestimación de los recursos interpuestos por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) y del que fuera su secretario provincial, Francisco García Medel, contra la sentencia que condenaba a este último a dos años de prisión por acosar al inspector que dirigía el Servicio de Atención a la Familia (SAF) de la Policía Nacional de Huelva, Emilio Fernández.

Resulta llamativo que el fiscal del caso, Jesús Jiménez Soria, se posicione a favor de la sentencia condenatoria dictada por la titular del Juzgado de lo Penal 3 de Huelva, ya que durante la instrucción pidió el sobreseimiento de la causa al entender que "no ha quedado acreditado que los hechos denunciados sean constitutivos de delito", como avanzó en 2014 Huelva Información.

En el escrito de impugnación de los recursos del SUP y Medel, al que ha tenido acceso en primicia este diario, el representante del Ministerio Público se opone de plano a la argumentación de la apelación ante la Audiencia.

Así, enfatiza que en la sentencia se hace una "extensa exposición" de las pruebas de cargo y se lleva a cabo "un razonamiento lógico y coherente para llegar a la conclusión de considerar acreditados los hechos por los que condena". Por tanto, estima que existe "una motivación suficiente y racional". Cuestión distinta es, dice el fiscal, que "al ser diferente la conclusión a la que se llega, no convenza a la parte que sostiene lo contrario", en este caso el exresponsable del SUP condenado por un delito contra la integridad moral y otro continuado de calumnias.

Hay que recordar que este fundamentaba su recurso, entre otros, en que la valoración de la prueba efectuada por la magistrada fue errónea. Al respecto, Jiménez Soria remarca que la Audiencia no puede entrar a valorar una prueba –interrogatorio al acusado, testificales y periciales– "que no ha sido practicada en su presencia".

El fiscal deja en manos del tribunal la posibilidad de bajar la pena por las dilaciones indebidas o la posible prescripción de las calumnias

Sobre el delito de calumnias, dice el fiscal que en la sentencia se razonan los motivos "por los que considera la juzgadora que los hechos declarados probados se integran" en esta tipología delictiva, mientras que se muestra favorable a la prescripción alegada por Medel en el caso de que el procedimiento haya estado paralizado durante más de un año, apreciación que deja en manos de la Sala.

Otro de los puntos en los que descansa el recurso del sindicalista condenado en primera instancia es la vulneración del principio acusatorio por habérsele condenado por un delito que la acusación particular introdujo durante el acto del juicio (en sus conclusiones definitivas), lo que a su entender le ha causado indefensión.

En este sentido, el Ministerio Fiscal señala que la única diferencia entre los artículos 175 y 173.1 del Código Penal (por el que finalmente fue condenado el responsable del SUP) es que "en el primero se requiere que sea autoridad o funcionario público que abusare de su cargo, pero en ambos la conducta consiste en atentar contra la integridad moral de otra persona". Teniendo en cuenta esto, "la defensa se articuló de forma que podría valer para ambas imputaciones".

El fiscal también está de acuerdo con la indemnización fijada en 200.000 euros por el Penal 3, de los que la mitad tendrán que ser asumidos por el SUP. Sin embargo, se posiciona junto a Medel si se aprecia la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas (el procedimiento se ha dilatado durante casi diez años), lo que llevaría consigo una rebaja "de uno o dos grados en las penas impuestas".

Sobre el recurso presentado por el SUP contra la sentencia condenatoria, la Fiscalía se pronuncia en términos similares a la impugnación contra el de García Medel.

La titular del Juzgado de lo Penal 3 de Huelva condenó al responsable del SUP en la provincia por la "campaña de venganza" que mantuvo durante años contra el inspector Emilio Fernández, quien en 2008 dirigía el Grupo IV de la Policía Judicial y ordenó la detención de varios policías nacionales por violencia machista. El acoso se dilató durante años y ha provocado un grave menoscabo en la salud del policía.

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