Huelva

Más de 11.000 hogares de Huelva están adheridos al Bono Social de Endesa

  • La compañía impulsa todos los años una campaña informativa para que sus clientes puedan seguir beneficiándose de descuentos en la factura de la luz

Tendido eléctrico.

Tendido eléctrico. / Juan Carlos Muñoz

Más de 11.000 hogares onubenses disfrutan del Bono Social impulsado por el Gobierno para paliar la pobreza energética, según los últimos datos de Endesa. De ellos, 5.691 clientes vulnerables cuentan con una rebaja del 60% en la factura de la luz, y 5.386 clientes vulnerables severos del 70%. Este incremento de los descuentos anunciado por el Gobierno estará vigente hasta el 31 de marzo de 2022, pasada esta fecha, volverán a tener descuentos del 25% los clientes vulnerables y del 40% los vulnerables severos.

En los últimos meses, se ha producido un aumento en el número de demandantes de estos descuentos. En comparación con los datos de enero, los clientes vulnerables han aumentado un 13% y los vulnerables severos un 15%. En términos generales, esto supone un incremento del número de beneficiarios de un 14% aproximadamente.

En Andalucía hay un total de 208.977 clientes de Endesa con Bono Social, el 50% considerados como vulnerables y el resto vulnerables severos.

Las familias que disfrutan de este Bono Social tendrán que volver a solicitarlo cada dos años desde su contratación, para verificar que siguen cumpliendo los criterios de asignación fijados por el Gobierno. En el caso de las familias numerosas, el plazo de renovación estará supeditado a la validez del título de familia numerosa.

Para evitar que los clientes olviden realizar este trámite de renovación, la compañía se pone en contacto con el cliente antes del vencimiento del plazo para que puedan gestionarlo con antelación y sigan percibiendo estos descuentos.

Los usuarios que deseen solicitar el bono social por primera vez podrán realizarlo a través de los canales habilitados: la APP (EnergíaXXI Bono Social), el correo electrónico (bonosocial@energiaxxi.com) o el asesoramiento telefónico (800 760 333). Además, y para quien lo prefiera, también se puede gestionar de forma presencial en los puntos de servicio y oficinas comerciales que hay repartidos en toda la provincia de Huelva.

Cuando la compañía recibe la documentación necesaria, un equipo especializado se encarga de atender las solicitudes y de enviar la consulta al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico para su asignación. Finalmente, se comunica al cliente la resolución del Ministerio.

Para optar al Bono Social es imprescindible ser cliente de una comercializadora de referencia (como Energía XXI), ser el titular de un contrato con la tarifa eléctrica PVPC (con o sin discriminación horaria) y una potencia igual o inferior a 10 kW en la vivienda habitual, además de cumplir otros requisitos específicos.

En el canal web https://www.endesa.com/es/te-ayudamos/bonosocial/bono-social se encuentra toda la información sobre este descuento, los requisitos y la documentación que deberá aportarse para poder solicitarlo.

¿Qué es el Bono Social?

El Bono Social es un descuento en la factura de la luz regulado por la legislación vigente que tiene el objetivo de proteger aquellos hogares considerados vulnerables por sus condiciones socioeconómicas. Aunque quien lo tramita es la comercializadora de referencia, el Gobierno español es quien lo asigna, una vez verifica el cumplimiento de los criterios. El ahorro sobre la factura que percibe el cliente, lo asume económicamente la comercializadora y, en este sentido, facilita el pago de las facturas de los colectivos más desfavorecidos. Además, los beneficiarios del Bono Social de electricidad cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores (un periodo de 4 meses desde la primera notificación de impago, frente al plazo general de 2 meses).

Continuidad en el suministro

Además, la normativa protege también aquellos hogares vulnerables que, a pesar de acogerse al Bono Social, no puedan pagar la factura. En ese sentido, la Ley del Sector Eléctrico estipula que no se puede interrumpir el servicio en una vivienda en la que haya, al menos, un menor de 16 años en la unidad familiar, o en la que el titular o uno de los miembros de su unidad familiar sea persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III. En estos casos los clientes deberán dirigirse a los servicios sociales para que emitan el correspondiente documento de acreditación de la situación y posteriormente presentarlo en su comercializadora de referencia.

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