Huelva

Condenado a 15 años de prisión por maltratar y violar a su pareja

  • La Audiencia de Oviedo atribuye cinco delitos a un onubense por martirizar a su víctima

Una mujer maltratada llama al teléfono 016 de atención a las víctimas de la violencia machista.

Una mujer maltratada llama al teléfono 016 de atención a las víctimas de la violencia machista. / h. información

La Audiencia Provincial de Oviedo (Asturias) ha condenado a 15 años de prisión a un onubense por maltratar, amenazar, vejar y agredir sexualmente a la que entre 2013 y 2015 fue su pareja y con la que convivía en Gijón. Así consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Huelva Información, donde los magistrados de la Sección Tercera hacen plenamente suya la acusación de la Fiscalía.

En la resolución judicial -contra la que la defensa puede interponer recurso de apelación- se da por probado que el acusado y la víctima mantuvieron una relación de aproximadamente dos años. Convivían en la casa de ella con una sobrina y un hijo de una relación anterior de la perjudicada. Aunque hubo un periodo inicial de "normalidad", la convivencia pronto se tornó un infierno.

La mujer sufre un trastorno crónico de estrés postraumático grave por estos hechos

Se sucedieron "episodios violentos dado el carácter agresivo, controlador y celoso del acusado". Estos empezaron a darse en el momento en que la mujer estaba embarazada del hijo de ambos, cuando estableció "el acusado un clima de violencia en las relaciones con ella, a través de agresiones verbales y humillaciones, diciéndole que era un puta, zorra, hija de puta, que no cuidaba bien de sus hijos..., y de agresiones físicas consistentes en zarandeos, cogiéndola por el cuello, por los brazos, por los pelos, arrastrándola por el suelo...".

El férreo control que el onubense ejercía sobre su pareja se hace evidente en gestos como que la encerraba con llave en la vivienda, también le quitaba "el móvil para que no pudiera efectuar ninguna llamada", o en que la acompañaba y recogía a diario de su trabajo puesto que la acusaba "de mantener relaciones con otros hombres, fiscalizando su pelo, su forma de vestir y de arreglarse y profiriendo expresiones tales como que si lo echaba de casa saldría ella con los pies por delante".

En enero de 2014, con la perjudicada en estado de gestación, el inculpado provocó "intencionadamente", con el objetivo de "menoscabar su tranquilidad y sosiego, un accidente con el coche propiedad de aquella, que él conducía, accionando el freno de mano, lo que provocó que el vehículo girase sobre sí mismo y se golpeara contra el quitamiedos de la autovía por la que circulaba".

El delito continuado de agresión sexual -con la agravante de parentesco- se produjo entre los meses de enero y junio de 2015, según la Sala. El encausado obligó en diversas ocasiones a su pareja, "con empleo de fuerza y contra su voluntad, a mantener relaciones sexuales casi diarias, siempre en el interior del domicilio". Él la cogía de los brazos, la echaba sobre la cama y, "tras ponerse encima de ella diciéndole que «por las buenas o por las malas», la penetraba vaginal o bucalmente, indicándole que ella estaba obligada a satisfacer sus necesidades".

Si la mujer se negaba, "la llevaba a rastras asiéndola por los pelos o por los brazos, llamándola perra y si lloraba, le decía «solo vales para llorar, no sirves ni para follar»". La Audiencia ovetense da también por cierto que él "no le permitía vestirse, ordenándole que permaneciera desnuda sobre la cama hasta que él le indicara que se vistiera".

Ella puso fin a la relación en junio de 2015. Pensaba que así se acabaría la pesadilla. Él regresó a Huelva, pero volvía a Gijón los fines de semana para visitar al niño. El 15 de agosto de aquel año la víctima se encontraba con el pequeño y unos amigos en un bar asturiano. Él le cogió el móvil y se puso a comprobar los mensajes de Whatsapp. Uno de ellos, enviado por un vecino, lo hizo montar en cólera y llegó "incluso a llamarlo por teléfono para increparlo sobre tal actuación". Cuando ella le plantó cara y pidió que se marchara, el onubense intentó llevarse al crío, aunque se lo impidieron los amigos de su expareja. Fue a la casa a por su pertenencias pero se quedó "merodeando en las proximidades, llegando a entrar nuevamente en el portal en donde resultó localizado, agazapado en el descansillo del primer piso".

En los posteriores 18,19 y 20 de agosto, la mujer recibió múltiples mensajes de Whatsapp y mantuvo tres conversaciones telefónicas con el acusado, "quien en forma reiterada le insiste para retomar la relación y, ante la negativa de aquella, le manifiesta que había intentado hacer las cosas por las buenas pero, como ella no quiere, lo va a hacer por las malas, «como si la tenía que llevar amarrada», «te juro por mis muertos y por mis niños que se va a acabar todo, todo es todo», «cuando veas llegar allí tres o cuatro coches cargados y empieces a escuchar escopetazos, entonces te diré», y otras tantas expresiones de índole similar".

La situación desbordó a la víctima, que en septiembre tuvo que acudir a Salud Mental porque sufría "ánimo depresivo, pesadillas, insomnio y recuerdos intrusivos de escenas violentas. Fue derivada a un centro donde permaneció ingresada hasta marzo de 2016. Como secuelas padece victimización de violencia física, psicológica y sexual, síntomas compatibles con un diagnóstico de trastorno crónico de estrés postraumático grave.

Por todo, la Audiencia impone al onubense 11 años de prisión por el delito continuado de agresión sexual con la agravante de parentesco, a lo que suma libertad vigilada durante ocho años y el alejamiento e incomunicación con la víctima durante doce años; lo considera además autor de un delito de maltrato habitual, por el que lo condena a dos años y medio de prisión y lo priva del derecho a la tenencia y porte de armas por cuatro años y once meses; y le asigna una pena de nueve meses de prisión por un delito de violencia de género, otros nueve meses de reclusión por un delito de amenazas de género y 25 días de localización permanente por un delito leve de vejaciones injustas. La pena global se fija, por tanto, en 15 años de prisión.

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