Huelva

CSIF Huelva pide más medios personales para los órganos judiciales competentes en discapacidad

  • El sindicato apuesta por un refuerzo de la jornada de tarde para la plantilla

Un juzgado de Huelva.

Un juzgado de Huelva. / H. I. (Huelva)

El sector de Justicia del sindicato CSIF ha reclamado un refuerzo de medios personales para los juzgados y órganos que deben dar cumplimiento a la Ley 8/2021 de 2 de junio, por la que se reforma la Legislación Civil y Procesal “para el apoyo a las Personas Con Discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica”. Dicha ley obliga a la revisión en un plazo de uno o de tres años, dependiendo del caso, de todas las medidas sobre la capacidad de las personas adoptadas con anterioridad a la entrada en vigor de la citada normativa.
CSIF ha reivindicado la necesidad de fortalecer los órganos judiciales con competencias en materia de discapacidad, así como las fiscalías y los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, que gestionan estos procedimientos. Para ello, “apostamos por plan de refuerzo de jornada de tarde para la propia plantilla, complementándolo con un incremento de personal en los órganos afectados”, que hagan posible el cumplimiento de los plazos establecidos.   
La central sindical destaca que las plantillas que conforman los diferentes órganos judiciales, “ya se encuentran operando generalmente por encima de los módulos legalmente establecidos, y por tanto, es imprescindible desarrollar este plan de refuerzo del personal y que esté debidamente retribuido, evitando así que este incremento de carga de trabajo perjudique a los asuntos que de forma ordinaria tienen entrada diariamente en estos órganos”.
CSIF ya presentó el pasado mes de febrero un escrito dirigido a la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, para solicitar la convocatoria urgente de la mesa de negociación del plan de medidas de autorrefuerzo en materia de discapacidad, sin que por el momento se haya atendido dicha petición. En la mesa sectorial que el sindicato ha solicitado se pretende analizar la repercusión que la Ley 8/2021 supondrá sobre las condiciones de trabajo del personal y establecer unas retribuciones adecuadas a las exigencias que supone dar cumplimiento a la disposición transitoria 5ª de la misma Ley, tanto por el incremento de la carga de trabajo, como por la urgencia que determinan los plazos previstos en esta disposición.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios