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CSIF logra la primera sentencia en España que reconoce la Enfermedad Profesional a un trabajador de la sanidad contagiado por Covid

  • La Seguridad Social obligada a reconocer la enfermedad profesional a un trabajador de un centro de salud que ha pasado la enfermedad y ha tenido secuelas respiratorias.

  • Solo se reconoce el 10% de los contagios por Covid-19 como accidente de trabajo

Personal sanitario.

Personal sanitario.

El sindicato CSIF ha logrado la primera sentencia en España por la que se reconoce la enfermedad profesional a un trabajador de la Sanidad contagiado por Covid-19. En concreto, se trata de una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Talavera de la Reina (Toledo), del pasado 21 de mayo.

La sentencia afecta a un auxiliar administrativo que, pese a sufrir en dos ocasiones una incapacidad temporal por síndrome respiratorio agudo derivado de la Covid-19 y posteriormente disnea y alteraciones respiratorias que le quedaron como secuelas, tanto la Seguridad Social como la mutua colaboradora Solimat le denegaron el reconocimiento de la enfermedad profesional (algo fundamental para la futura protección en caso de secuelas graves o las indemnizaciones derivadas del fallecimiento).

Tal y como ha denunciado CSIF, hasta esta sentencia, la Seguridad Social no ha reconocido ningún caso de enfermedad profesional por Covid-19. Esto es así porque, pese al anuncio del Gobierno, la Covid-19 hoy por hoy solo se considera a efectos de la prestación de incapacidad temporal. Esto significa que cuando finalice la pandemia las secuelas no podrán justificarse como un daño derivado del puesto de trabajo.

Sin embargo, la sentencia ganada por CSIF es clara y considera acreditado que esta persona sufrió un primer proceso de Incapacidad Temporal con diagnóstico de síndrome respiratorio agudo severo asociado al coronavirus y, por tanto, que padeció una dolencia recogida en el listado de enfermedades profesionales (“enfermedades infecciosas causadas por el trabajo de las personas que se ocupan de la prevención, asistencia médica y actividades en las que se ha probado un riesgo de infección). El tribunal también considera probado que estuvo expuesto a un riesgo de exposición al coronavirus en su profesión.

Enfermo de Covid-19. Enfermo de Covid-19.

Enfermo de Covid-19.

Respecto a la segunda incapacidad temporal, con el diagnóstico de disnea y alteraciones respiratorias, la magistrada entiende que no existe ninguna duda de que son consecuencias derivadas del contagio por Covid y que, en consecuencia, debe ser considerada igualmente enfermedad profesional.

A raíz de esta sentencia, CSIF promoverá nuevas reclamaciones individuales para que se reconozca este derecho. De hecho, los servicios jurídicos de la central sindical están ya tramitando centenares de reclamaciones en toda España. Además, los tribunales corroboran los argumentos de CSIF a efectos de que el reconocimiento de enfermedad profesional debe ser extensivo a todo el personal que presta sus servicios en centros sanitarios o sociosanitarios, independientemente de la categoría profesional.

Confusión en los datos

Trabajadores y trabajadoras de todos los ámbitos, en los servicios considerados esenciales, cuando se decretó el confinamiento y de manera especial el personal de la sanidad, llevan más de un año expuestos al virus. “Sin embargo, la vigilancia de la salud en el trabajo sigue siendo una asignatura pendiente en España. De entrada, los indicadores nos muestran un déficit en el reconocimiento de las contingencias laborales y prestaciones que se derivan del contagio del virus”, asegura CSIF.

El pasado mes de febrero, tal y como había solicitado la central sindical desde el inicio de la pandemia, el Gobierno reconocía el contagio de la Covid-19 como enfermedad profesional para el personal que preste sus servicios en centros sanitarios y socio sanitarios con efectos retroactivos desde que comenzó la.

Por otra parte, la Estadística de Accidentes de Trabajo correspondiente al año pasado y los tres primeros meses de 2021 (últimos datos disponibles) únicamente reconoce 26 muertos y 14.358 accidentes de trabajo por Covid-19. CSIF considera que estas cifras no reflejan la realidad de los efectos de la Covid-19 entre las personas trabajadoras, a tenor de la evolución de la pandemia y los datos oficiales.

Si se comparan las estadísticas, hasta marzo de este año se registraron 13.252 accidentes de trabajo por Covid-19 entre el personal de la Sanidad, 24 de ellos mortales. Sin embargo, Sanidad eleva la cifra de contagios en el mismo periodo a más de 128.280.

Esto supone que solo se está reconociendo como accidente laboral por Covid-19 un 10 por ciento de los casos en el personal sanitario, el colectivo laboral con mayor cifra de contagios en España desde el inicio de la pandemia.

Después del personal de la Sanidad, según la misma estadística del Ministerio de Trabajo, en el mismo periodo, las actividades económicas en las que se registran accidentes de trabajo son: residencias (solo registran 701 y ningún caso mortal pese a la especial virulencia del Covid-19 en este sector); Administración Pública y Defensa (318 accidentes y 0 fallecidos) y otras actividades (87 accidentes y 0 fallecidos).

CSIF considera que esta falta de reconocimiento de los accidentes laborales por Covid-19 en la estadística del Ministerio de Trabajo se explica por errores en la tramitación de los expedientes y “una clara falta de voluntad política por garantizar la protección de estos colectivos, especialmente en la sanidad, donde los contagios se sitúan desgraciadamente a la cabeza a nivel internacional”.

Finalmente, desde CSIF “denunciamos las trabas que se están produciendo por parte de los servicios de prevención de Administración y empresas privadas, así como por parte de la Seguridad Social al reconocimiento de esta contingencia profesional y sus correspondientes prestaciones”.