Huelva

La Audiencia deniega la libertad a un imputado por traficar con cannabis

  • La Sección Tercera respalda la decisión del Instrucción 2 de Aracena de dejarlo en prisión porque existe "riesgo objetivo de fuga"

Un pasillo del Palacio de Justicia de Huelva.

Un pasillo del Palacio de Justicia de Huelva. / Canterla (Huelva)

La Sección Tercera de la Audiencia de Huelva ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa del presunto autor de un delito contra la salud pública, investigado por trabajar en una plantación de marihuana en la Sierra de Huelva.

Como consta en el documento judicial, al que ha tenido acceso Huelva Información, la Sala considera que el auto del Juzgado de Instrucción 2 de Aracena por el que se ratificaba su situación de prisión provisional está "debidamente motivado, recogiendo expresa y exhaustivamente las circunstancias del caso, exponiendo los indicios que son tenidos en cuenta para determinar la participación del recurrente, los cuales pueden ser constitutivos de delito contra la salud púbica en su modalidad de sustancias que no causan grave daño a la salud, de notoria importancia por la cuantía de la sustancia intervenida".

El tribunal de apelación considera que el auto de la instructora aracenense "expresa minuciosamente los indicios que existen contra el investigado". Así, recoge literalmente que el peticionario y otros compinches "fueron detenidos cuando trabajaban en una plantación de marihuana de la que se han extraído un peso total de casi 57 kilos de cannabis, cantidad que demuestra indicios suficientes de un acto de tráfico".

Apoyan la decisión del órgano que indaga en el caso de mantenerlo en prisión "para evitar el riesgo de fuga", teniendo en cuenta que "no se ha presentado prueba alguna en la presente causa que demuestre que los investigados tengan el arraigo social aludido por su letrado defensor que le impida eludir la acción de la justicia", argumentos que la Sala comparte.

Los motivos que se alegan en el recurso son la desproporción de la medida, la nulidad de la diligencia de entrada y registro, el grado de consumación y que no existen motivos para la fuga, "ninguno de los cuales desvirtúa lo acordado en la resolución recurrida", afirma la Audiencia, que recuerda que "estamos ante una medida cautelar, y el riesgo objetivo de fuga existe".

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