Huelva

La Audiencia deniega a Santiago del Valle la acumulación de penas

  • La Sala considera que el asesino de Mari Luz no reúne los requisitos para refundir siete condenas

  • Al no haber cumplido una cuarta parte de la condena, no podrá solicitar permisos penitenciarios

Santiago del Valle saliendo del Palacio de Justicia de Huelva en 2011.

Santiago del Valle saliendo del Palacio de Justicia de Huelva en 2011. / Alberto Domínguez (Huelva)

La Audiencia Provincial de Huelva ha dictado un auto en el que señala que la situación de Santiago del Valle, asesino de la pequeña Mari Luz Cortés, en prisión desde 2008, no reúne los requisitos para la acumulación de las penas por las siete condenas que tiene, entre ellas la de asesinato de la menor. Esta misma petición ya fue rechazada en abril por la Fiscalía.

Según han informado a Europa Press fuentes judiciales, la Audiencia niega esta acumulación teniendo en cuenta las penas concretas impuestas, sus fechas y las de los hechos objeto de condena y ha fijado en 30 años, 38 meses y 37 días de prisión el máximo de cumplimiento.

Cabe recordar que del Valle tiene siete condenas, la del asesinato de la pequeña, cuatro más por abusos sexuales, una por estafa y una última por una falta por defraudación eléctrica.

Por su parte, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva, en una providencia del 15 de marzo, detalló el historial condenatorio de Del Valle, que comenzará a cumplir la pena de 22 años por el asesinato de Mari Luz Cortés el 3 de julio de 2019 –actualmente cumple condenas anteriores–, con el cual se podrá calcular el máximo de cumplimiento efectivo, toda vez que si este precepto no se aplica, será puesto en libertad el 27 de mayo de 2041, cuando se cumpla la condena por asesinar a la pequeña onubense.

De esta manera, al no haber cumplido una cuarta parte de la condena, Del Valle no podrá solicitar el disfrute de permisos penitenciarios. En esa línea, fuentes de Instituciones Penitenciarias han indicado a Europa Press que Del Valle "no tiene los requisitos" de disfrutar permisos penitenciarios o para pedir libertad condicional ante la circunstancia de que este reo está en régimen de primer grado y esas ventajas penitenciarias se obtienen en régimen de tercer grado. No obstante, fuentes de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real confirmaron que "no constaba ninguna petición de permiso" por parte del recluso.

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