Caso nóos

La infanta Cristina se sentará en el banquillo

  • El juez Castro obvia la petición de la Fiscalía y enjuiciará a la hermana del Rey como cooperadora en dos delitos fiscales cometidos por Urdangarín. "Lo que tú defraudas, lo pagamos todos", proclama en su auto. La fianza aumenta a 2,6 millones.

La infanta Cristina será juzgada por la Audiencia de Palma como presunta cooperadora en dos delitos fiscales cometidos por su marido, Iñaki Urdangarín, una vez que el juez instructor del caso Nóos, José Castro, la ha incluido como acusada en el auto de apertura de juicio oral que ha dictado este lunes. En contra de los argumentos de la defensa de la Infanta, la Fiscalía y la Abogacía del Estado, Castro ha considerado que la acusación popular que ejerce el sindicato Manos Limpias está legitimada para llevar a juicio en solitario a la hermana del Rey. El juez instructor, que fija para la Infanta una fianza por responsabilidad pecuniaria de 2,6 millones de euros, ha dejado fuera de la lista de 20 imputados que fijó la Audiencia de Palma al vicealcalde de Valencia Alfonso Grau, y a los ex directivos de Madrid 2016 Miguel de la Villa y Gerardo Corral. 

En un auto de 150 páginas contra el que, según su criterio, no cabe recurso alguno, apunta que la Infanta contribuyó, como socia de Aizoon, a que Urdangarín facturase a través de esta sociedad, como si de rendimientos de actividades económicas se tratasen, y no personales, las retribuciones de 337.138 euros que cobró de numerosas entidades privadas de las que era consejero asesor, y de este modo tributar menos en su declaración de la renta de 2007 y 2008.

Castro rebate los argumentos de la defensa de la duquesa de Palma y, particularmente, los de la Fiscalía Anticorrupción, que presentaron escritos reclamando el sobreseimiento de la causa respecto a ella en aplicación de la doctrina Botín. Una de las razones esenciales del instructor es que en el caso en el que el Tribunal Supremo decretó que la acusación popular no estaba legitimada por sí sola para llevar a juicio al presidente del Banco de Santander la Fiscalía y la Abogacía del Estado reclamaban el sobreseimiento de la causa, mientras que en el caso Nóos sólo lo solicitan para la Infanta (y parcialmente para Ana María Tejeiro, esposa del Diego Torres, el socio de Urdangarín).

El juez instructor ha proclamado en su auto "Lo que tú defraudas, lo pagamos todos", aseverando cómo la propia Agencia Tributaria ha impulsado en los últimos años eslóganes y campañas como Hacienda somos todos con el objetivo de evitar conductas ilícitas contra el fisco. En su resolución, Castro recalca cómo "se decidió llevar a cabo unas amplias campañas institucionales de pretendida concienciación tributaria" entre las que destaca, "por ser un clásico del que se ha hecho un prolífico uso, las más de las veces cargado de ironía, la de que Hacienda somos todos y las muy recientes que cierran un diálogo con el eslogan oficial de la campaña: Lo que tú defraudas, lo pagamos todos". "Ello no es óbice a que sea la Agencia Tributaria quien, como gestora de los fondos públicos que los contribuyentes han puesto a su disposición", incide Castro, "se persone a través de la Abogacía del Estado al no poder hacerlo directamente los ciudadanos, a quienes les resultaría de imposible cuantificación el perjuicio que para cada uno de ellos ha representado la picaresca fiscal".

La defensa de la Infanta ha anunciado que recurrirá ante la Audiencia de Palma la decisión del juez de enviarla a juicio porque, aunque es firme, su argumentación "va más allá de lo que sería un auto propio de apertura de juicio oral", según el abogado Miquel Roca. La defensa pedirá a la Audiencia de Palma que aplique la llamada doctrina Botín del Tribunal Supremo, que establece que la acusación popular no está legitimada a enviar un imputado a juicio contra el criterio de la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

La Abogacía del Estado, que representa a la Agencia Tributaria, "sí que se estima perjudicada" por presuntos delitos fiscales de Iñaki Urdangarín, para quien pide condena por los mismos, igual que la Fiscalía, recuerda el juez. "Al no haber quedado satisfecho el interés social y el individual, aun sin la intervención de quienes teóricamente se presentan como sus exclusivos paladines, indefectiblemente se produciría la apertura de juicio oral, si bien con una extensión subjetiva algo distinta" de la que plantea la Agencia Tributaria, continúa. Pero puntualiza que la Abogacía del Estado no define su perjuicio "en el ámbito tributario administrativo, lo que podría ser una apreciación lógica, sino (que designa) penalmente y a su capricho a las personas que habrán de responder por ello, excluyendo inexplicablemente a otras" contra el criterio del instructor y la Audiencia de Palma, subraya Castro.

Además, el juez indica que la interpretación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que hizo el Supremo en la doctrina Botín fue "novedosa, sorpresiva y no unánime", y ha sido matizada en posteriores sentencias del mismo órgano que avalan la legitimación de la acción popular para abrir juicio oral, basada en el reconocimiento constitucional de esa figura. Considera asimismo que el bien jurídico dañado en un delito fiscal no puede quedar solo bajo la protección de la acusación particular de la Abogacía del Estado, porque eso "sería tanto como decir que ante un fraude del que fuera víctima una comunidad de propietarios el perjudicado sería su administrador y no aquellos".

En respuesta a los reproches del fiscal del caso, Pedro Horrach, sobre la supuesta indefensión de la infanta ante la actuación de Castro, el juez asegura que "ninguna imputación ha sido tan profusamente fundamentada", y que de haber diferencia de trato sería por haber sido con ella "incluso aun más garante que con los demás imputados. "La alegada indefensión, si es que existe en algún recóndito tramo que no es adivinable, será la misma que padecerían todos los imputados en esta causa y de todas las demás que se siguen en España".

16 imputados más

Sobre Urdangarín pesan delitos de malversación continuada, prevaricación, falsedad en documentos público y mercantil, por fraude a la administración, estafa, dos delitos contra Hacienda y un último por blanqueo, por los que la Fiscalía reclama 19 años y medio de cárcel para él y Manos Limpias un total de 26 y medio.

El magistrado también acuerda que se sienten en el banquillo la mujer de Torres, Ana María Tejeiro, el ex presidente del Govern balear Jaume Matas, el ex contable de Nóos Marco Antonio Tejeiro, el ex director general de Deportes José Luis Pepote Ballestero, el ex gerente de la Fundación Illesport Gonzalo Bernal, el del Instituto Balear de Turismo Juan Carlos Alía, y el ex asesor jurídico de esta entidad pública Miquel Àngel Bonet. Del mismo modo, irán a juicio el ex secretario autonómico de Eventos de la Generalitat Valenciana Luis Lobón, los ex directores generales de la Ciudad de las Artes y las Ciencias Jorge Vela y José Manuel Aguilar, y la ex directoral de gestión de esta entidad Elisa Maldonado.

Finalmente, abre juicio contra la ex consejera delegada de Madrid 16 Mercedes Coghen, así como contra el abogado Salvador Trinxet, quien habría ayudado a urdir una red de evasión fiscal de los ingresos obtenidos por Nóos desde las Administraciones de Baleares, Comunidad Valenciana y Madrid. Tanto Urdangarín como Torres se habrían apoderado ilícitamente de hasta 6,2 millones de euros públicos.

En total, el juez ha dictado para los diecisiete acusados que serán juzgados por la Audiencia de Palma fianzas por responsabilidades pecuniarias que suman un total de 61,35 millones de euros y que habrán de consignar en un plazo de veinte días. La fianza individual más cuantiosa la tendrá que prestar Iñaki Urdangarín, para quién Castro ha fijado la cantidad de 14,7 millones de euros. Su socio al frente de la presunta trama de saqueo de fondos públicos, Diego Torres, tendrá que abonar 15,8 millones de euros de forma solidaria con su esposa.

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