España

El Supremo mantiene a Junqueras en prisión y afirma que no tiene inmunidad

  • El líder secesionista no podrá acudir el próximo lunes a recoger su acta en Bruselas

  • Además, desestima la medida cautelarísima solicitada por el condenado de anular el veto de la JEC

Oriol Junqueras, en el Congreso de los diputados junto a Gabriel Rufián

Oriol Junqueras, en el Congreso de los diputados junto a Gabriel Rufián / Efe

Oriol Junqueras no saldrá de la cárcel para asumir su cargo de eurodiputado, como esperaba hacer el próximo lunes en Estrasburgo. La Sala de lo Penal que juzgó el procés en el Tribunal Supremo (TS) ha acordado este jueves mantener en prisión al ex vicepresidente de la Generalitat y ha considerado innecesario pedir al Parlamento Europeo que le levante la inmunidad, al estar condenado ya en firme a 13 años de prisión e inhabilitación.

Es la respuesta que la Sala de lo Penal, que rechaza anular el fallo del procés, ha dado a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que reconoció a Junqueras como eurodiputado.

En un auto, el Supremo ejecuta la pena de inhabilitación que mantenía en suspenso y recuerda que la Justicia europea se pronunció sobre la situación de Junqueras cuando estaba en prisión provisional. La inmunidad que le reconoció, añade, no era "un blindaje" frente a la sentencia.

La condena firme "conlleva la exclusión de la condición de eurodiputado" que le reconoció el tribunal europeo, explica el Supremo, que ha acordado comunicar su decisión tanto al Parlamento Europeo como a la Junta Electoral Central (JEC).

Previamente, a Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS rechazó suspender de manera urgente el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) en el que retiró la condición de eurodiputado Junqueras, dado que existe una sentencia firme contra él que lo condenó a 13 años de prisión por el procés.

"La existencia de dicha resolución condenatoria determina que no podamos dar lugar a la petición del recurrente", dice la Sala de lo Contencioso-Administrativo en el auto en el que desestima las medidas cautelarísimas solicitadas por la defensa de Junqueras, en el recurso que presentó contra la resolución del árbitro electoral.

Frente a los "intereses de singular relieve" expuestos por el ex vicepresidente de la Generalitat, la Sala recuerda que, al otro lado de la balanza, se encuentra una sentencia dictada contra él por otra Sala del Supremo, la de lo Penal, que lo condenó a 13 años de prisión y los mismos de inhabilitación por sedición y malversación.

"La prevalencia obligada a la jurisdicción del orden penal impiden a esta Sala adoptar decisiones que pudieran interferir en la ejecución de una sentencia penal firme o entorpecer la eficacia de sus pronunciamientos", sostiene.

Sin vulneración de derechos

Los magistrados niegan que su decisión vulnere los derechos fundamentales invocados por Junqueras ni tampoco el derecho de la Unión Europea a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que indicó que el ex vicepresident debió gozar de inmunidad desde que fue proclamado como eurodiputado, el 13 de junio.

Tras denegar las cautelarísimas, el tribunal tramitará ahora la petición de Junqueras como medidas cautelares, lo que implica que debe oír a las partes, por lo que da un plazo de cinco días a la Junta Electoral para que presente sus alegaciones.

El acuerdo en litigio lo adoptó la JEC el pasado 3 de enero, en la misma sesión en la que resolvió que había que retirar el acta de diputado autonómico al presidente de la Generalitat, Quim Torra, tras haber sido condenado por desobediencia.

En su resolución sobre Junqueras, la Junta Electoral, por siete votos a favor y cinco en contra, aceptó los recursos planteados por el PP, Ciudadanos y Vox, que acudieron a ese organismo para que acordara la pérdida de la condición de eurodiputado del exvidepresident por "inelegibilidad sobrevenida", al pesar sobre él condena en firme.

La JEC avaló esa idea y determinó que la condena a Junqueras "determina su cese como diputado electo del Parlamento Europeo".

Declaró así la pérdida de su condición de parlamentario europeo "con anulación de su mandato" y con efectos desde la fecha del acuerdo y comunicó su decisión al Parlamento Europeo.

Su vacante debe ser cubierta

Su vacante, según la Junta, debe ser cubierta por el siguiente candidato que concurrió a las elecciones europeas en la lista que encabezaba Junqueras, Jordi Solé i Ferrando, que será convocado ante la JEC para acatar la Constitución y poder tomar posesión de su acta.

La defensa de Junqueras aportó al Supremo un documento en el que Jordi Solé manifestaba que no se oponía a la suspensión del acuerdo de la JEC.

Tras rechazar las cautelarísimas de Junqueras, la Sala de lo Contencioso estudia ahora si suspende de urgencia el acuerdo de la JEC sobre Quim Torra.

De forma paralela, el tribunal del procés tenía previsto reunirse esta mañana para abordar los efectos de la sentencia del TJUE a la situación de Junqueras.

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