El grupo parlamentario de Podemos-En Comú Podem-En Marea ha presentado una proposición de Ley en la que reclama la supresión de las tasas judiciales para las ONG y las pequeñas y medianas empresas (pymes), pero aboga por mantener las cuantías para las grandes empresas. La iniciativa, impulsada por los diputados de En Comú Podem Jaume Moya y Podemos Victoria Rosell, será debatida ante el Pleno de la Cámara, y tiene altas probabilidades de salir adelante, toda vez que PSOE, Ciudadanos, Podemos e IU reivindicaron durante la pasada campaña electoral la supresión total de las tasas judiciales para las pymes y las ONG.
Con la derogación parcial impulsada por el ministro de Justicia, Rafael Catalá, se suprimió el pago para acceder a la Justicia por parte de personas físicas, por lo que, tal y como recalcó el ministro, actualmente "ningún ciudadano español tiene que pagar ninguna tasa judicial para el acceso a la Justicia". Sin embargo, esa derogación no incluyó a las pequeñas y medianas empresas y a las ONG, que tienen que seguir pagando tasas judiciales si quieren acceder a la Justicia, ni tampoco a las grandes empresas.
En la exposición de motivos, Podemos señala que las pymes se ven "obligadas a satisfacer las cuantiosas tasas judiciales como requisito para acceder a la justicia, lo que provoca que en muchos casos, y aún más en el contexto de crisis económica, no puedan acceder a la tutela judicial". La situación es aún más grave con las ONG, asegura la proposición, ya que estas entidades quedan debilitadas a la hora de actuar frente a la vulneración de los derechos constitucionales. De esta forma, Podemos propone la derogación de las tasas con el fin de "restaurar el principio de tutela judicial efectiva y de eliminar barreras económicas que coarten el acceso a la justicia".
Ahora bien, el grupo parlamentario sí que "considera adecuado mantener la fórmula del copago en la justicia para las grandes empresas", aquellas que tienen una gran capacidad económica, y que vienen identificadas como tal según la legislación del Impuesto de Sociedades. Sin embargo, añade, debe evitarse a toda costa que esta tasa acabe siendo repercutida a la ciudadanía e, inclusive, sea contabilizada como gasto, desgravada fiscalmente, y después recuperada de la parte contraria vía tasación de costas.
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