Es, sin duda alguna, la medida estrella del actual gobierno. El Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha cumplido ya dos años en los que ha ha beneficiado y más de un millón y medio de personas en España, aunque se estima que podrían ser muchos más los beneficiarios, pero no solicitan la ayuda por desconocimiento de que cumplen los requisitos para optar a ella. Más de medio millón de familias sin ingresos de ningún tipo han encontrado este respaldo, pero otros viven de espaldas a la realidad pudiendo beneficiarse de esta prestación no contributiva ofrecida por la Seguridad Social que subirá su cuantía en 2023 ¿Tengo derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital? Aquí os resolvemos todas las dudas.
El Ingreso Mínimo Vital garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. El principal objetivo es de garantizar la inclusión social y laboral de todas las personas y para poder recibir la ayuda deben cumplirse una series de requisitos:
- Respecto a la edad, la persona que desea cobrar el IMV debe tener al menos 23 años. El límite se rebaja a los 18 años para aquellos que a esa edad ya tienen menores a su cargo.
- El IMV debe ser la única ayuda que reciba por parte del Estado. No es posible beneficiarse también de alguna pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, ni de pensión no contributiva por invalidez o jubilación.
- Para recibir el Ingreso Mínimo Vital debes haber residido al menos durante un año seguido en España y haberlo hecho de forma independiente al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas que residan solas.
- Si solicitas la ayuda teniendo en cuenta las circunstancia de la familia, dicha unidad de convivencia debe haberse formando al menos 1 año antes de iniciar los trámites de la solicitud.
- Para solicitar el IMV hay que agotar el derecho a recibir otros tipo de prestaciones previas a las que tengamos derecho.
- También tienen derecho al Ingreso Mínimo Vital aquellos que de forma temporal tengan derecho a una prestación de servicio residencial de carácter social, sanitario o socio-sanitario.
- Las víctimas de trata, explotación sexual o violencia de género, tendrán una consideración excepcional a la hora de otorgar el Ingreso Mínimo Vital, siempre y cuando puedan acreditar esta condición mediante un informe emitido por los servicios sociales públicos o privados.
En cualquier caso, y para salir de dudas, la web de la Seguridad Social y la sede electrónica han puesto en marcha un simulador para que los ciudadanos puedan comprobar si cumplen los requisitos para percibir el Ingreso Mínimo Vital y a cuánto ascendería esta nueva prestación.
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